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Familia y Sucesiones

AP A Coruña, Sec. 4.ª, 62/2019, de 20 de febrero. Recurso 364/2018

Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
SP/SENT/997362
Gestión Documental
 Corresponde fijar límite temporal a la asignación a la esposa del uso del domicilio familiar y habiéndose acordado la custodia compartida se estima en 4 años en cuanto tiempo suficiente para mejorar su precaria situación laboral
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 Se reconoce a favor de la esposa compensatoria de 200 € durante 2 años pues al tiempo de la separación estaba desempleada aunque aumentando su formación por lo que tiene buenas expectativas laborales aunque actualmente sean precarias
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 Al ser la capacidad económica del padre superior a la que ostenta la madre, pues percibió cuantiosa indemnización por despido, se fija a su cargo pensión de alimentos para la hija de 200 € al mes aunque la custodia sea compartida
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el XDO. DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE A CORUÑA se dictó resolución con fecha 01-02-2018, la expresada resolución contiene en su fallo el siguiente pronunciamiento:
"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Doña Sandra Mosteiro en nombre y representación de Doña Adriana , contra Don Julio representado por la Procuradora Doña Angeles Sanmartín debo declarar disuelto por divorcio el matrimonio celebrado entre Doña Adriana y Don Julio , sin expresa imposición de las costas procesales, y con las siguientes medidas:
1. Atribuir el ejercicio de la patria potestad y la guarda y custodia de los menores, de forma compartida a ambos progenitores debiendo realizarse el cambio de custodia todos los lunes a la entrada del colegio o en su caso a las 9 horas cuando no haya colegio, permaneciendo en su compañía hasta el lunes siguiente.
Se permitirá el contacto telefónico diario con el progenitor con el que no convivan, respetando el descanso y obligaciones escolares de los menores.
El progenitor que tenga a los menores en su compañia facilitara la comunicacion del otro con los mismos, los días de Nochebuena, Navidad, del padre y de la madre as¡ como el cumpleaños de los menores o de los progenitores
2. En cuanto a las vacaciones de Semana Santa, verano y Navidad, dichos períodos se disfrutarán por mitad, distribuyéndose las
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