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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

AP Zaragoza, Sec. 5.ª, 654/2019, de 2 de septiembre. Recurso 751/2019

Ponente: ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
SP/SENT/1019819
Gestión Documental
 Nulidad del contrato de compraventa al ser ilícita la causa de las partes que pretendían el fraude de acreedores
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 No es necesario demandar a los posibles terceros adquirientes del inmueble en la acción de nulidad de la primera compraventa por fraude de acreedores, puesto que el fallo resuelve esta situación mediante la sustitución por su equivalente en dinero
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 9 de abril de 2019 , cuyo FALLO es del tenor literal:
"Que, estimando la demanda promovida en JUICIO ORDIANRIO Nº 911/A-2017, instada por la Procuradora Sra. Ferrer Barceló, en nombre y representación de D. Evelio , contra Dña. Mercedes , y contra D. Esteban , Dña. Montserrat y Dña. Noemi , representados por la Procuradora Sra. Oña Llanos y contra D. Samuel , representado por el Procurador Sr. García Medrano, DEBO DECLARAR Y DECLARO LA NULIDAD ABSOLUTA por causa ilícita del contrato de compraventa suscrito en Escritura Pública el 15 de Diciembre de 2005, ante el Notario D. Adolfo Calatayud Sierra, número de protocolo 3.463, entre D. Samuel y D. Juan Pedro y de las que se deriven de las mismas, librando al efecto oportunos mandamientos a los Registros de la Propiedad correspondientes.
Asimismo, DEBO CONDENAR Y CONDENO a dichos demandados a pagar todos los gastos que originen la cancelación de la inscripción.
Consecuencia de lo anterior, DEBO ORDENAR Y ORDENO, la cancelación registral de las inscripciones posteriores causadas en virtud de la escritura pública de compraventa referidas que de ella traigan causa, librando los oportunos mandamientos a los Registros de la Propiedad correspondientes, condenando al pago de los gastos que dichas cancelaciones se produzcan, a los demandados. Caso que alguna de las fincas hubiera sido transmitida o hubiesen pasado
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