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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

TS, Sala Primera, de lo Civil, 683/2014, de 18 de noviembre. Recurso 3163/2012

Ponente: JOSE LUIS CALVO CABELLO
SP/SENT/789600
Gestión Documental
 La falta del requisito de escritura pública de donación no puede entenderse cumplido por la escritura pública de compraventa, pues el art. 633 CC se refiere a una específica, donde consten la voluntad de donar y la aceptación
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Inca dictó sentencia el 28 de marzo de 2010 , cuya parte dispositiva dice así:
«Estimo íntegramente la demanda formulada por el procurador D. Pedro Puigdellivol Alou, actuando en nombre y representación de la FUNDACIÓ HOSPITAL SANT FRANCESC D'ASSIS, y se declara que:
La compraventa efectuada mediante escritura pública otorgada el 15 de octubre de 2002 ante el Notario de Inca, D. Sebastián Antich Verdera, con número de protocolo 2072, entre D. Penélope y D. Catalina sobre la finca inscrita en el Registro de la Propiedad, como finca registral número NUM000 , Folio NUM001 , Libro NUM002 de Sencelles, Tomo NUM003 , fue totalmente simulada, y en consecuencia, se declara la nulidad absoluta de la referida escritura pública, condenando a D. Catalina a estar y pasar por la anterior declaración y al reintegro de la finca NUM000 al patrimonio de la entidad Fundació Hospital Sant Francesc d'Assis, ordenando la cancelación de las inscripciones registrales que a favor de D. Catalina haya causado la citada escritura pública de compraventa.
La FUNDACIÓ HOSPITAL SANT FRANCESC D'ASSIS ostenta el pleno dominio de la finca registral número NUM004 , inscrita en el Registro de la Propiedad n ° 1 de Inca, al Tomo NUM005 , Libro NUM006 de Sencelles, Folio NUM007 , sita en la CALLE000 , número NUM008 , con referencia catastral número NUM009 , y se condena a D. Catalina a est
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