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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

AP Cuenca, Sec. 1.ª, 73/2015, de 28 de abril. Recurso 72/2014

Ponente: JOSE MARIA ESCRIBANO LACLERIGA
SP/SENT/813771
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 La condición de cónyuges de los contratantes, junto con el conocimiento de la deuda con la agencia tributaria al tiempo de otorgar la escritura, así como que la intención de las partes era evitar el embargo son indicios de la simulación de la venta
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 El contrato de compraventa tenía un causa ilícita al ser la intención de las partes evitar el embargo por la agencia tributaria, lo que implica su nulidad radical, sin que sea aplicación el plazo de cuatro años para instar la acción
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En los autos indicados al margen, por el Juzgado de Primera Instancia Noviembre de 2.013, cuyo Fallo es del siguiente tenor literal:
"Desestimando la demanda formalizada por el Letrado del Estado, debo absolver y absuelvo de las pretensiones contenidas en la misma a Jose Enrique y a Alejandra . Se imponen las costas causadas al demandante AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA ".
SEGUNDO.- El ABOGADO DEL ESTADO, en representación de la AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRCIÓN TRIBUTARIA, preparó e interpuso recurso de apelación por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, interesó de la Sala que se revocara la Sentencia recurrida y en su lugar se declare ser simulado e inexistente y subsidiariamente nulo de pleno derecho el negocio jurídico instrumentalizado, mediante escritura pública de fecha 3 de febrero de 2.003, otorgada ante el Notario D. JESÚS DOMINGUEZ RUBIRA, con el nº 74 de su protocolo, tanto en lo referente a la compraventa de solar, como en lo referente a la declaración de obra nueva, ordenando la cancelación en el Registro de la Propiedad de Motilla del Palancar del derecho de Jose Enrique sobre la finca nº NUM000 y por D. JESÚS CÓRDOBA BLANCO, Procurador de los Tribunales y de D. Jose Enrique se impugnó el recurso de apelación, en escrito de oposición, en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que tuvo por conveniente concluyó supli
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