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Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico

SP/DOCT/21917

Artículo Monográfico. Octubre 2016

La presunción de culpa del arrendatario por el deterioro o la pérdida de la cosa

José Arsuaga Cortázar. Presidente de la Audiencia Provincial de Cantabria
Gestión Documental
I. El deber legal de conservación del arrendador
Sirva como introducción señalar que entre las obligaciones más destacadas del arrendador se encuentra, junto con las de entregar la cosa y mantener al arrendatario en el goce de la cosa durante el tiempo del contrato, la de conservarla en estado servir para el uso al que ha sido destinada mediante la realización de las reparaciones necesarias. A dicho deber se refiere, como marco general, el art. 1.554.2.º CC, y como extensión los arts. 21 LAU Nota y 18.1 LAR Nota
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