CARGANDO...

Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico

AP Madrid, Sec. 13.ª, 19/2013, de 14 de enero. Recurso 361/2012

Ponente: MODESTO DE BUSTOS GOMEZ-RICO
SP/SENT/713447
Gestión Documental
 La diligencia exigible a la Residencia de ancianos y al personal dependiente de ella es la que dimana del contrato de alojamiento y arrendamiento de servicios
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Sabedores de que la anciana era diabética se debieron adoptar medidas asistenciales ante el nivel de glucemia resarciendo el daño moral por el fallecimiento
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia nº 6, de los de Collado Villalba, en fecha once de octubre de dos mil once, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el procurador de los Tribunales Dña. Lina María Esteban Sánchez en nombre y representación de Dña. Antonia , Dña. Angelica y Dña. Amelia , contra RESIDENCIA NUESTRA SEÑORA DE FÁTIMA S.L. Y CIA. DE SEGUROS OCASO S.A., representada por el procurador de los Tribunales D. Ángel García Aragón, debo condenar y condeno a la demandada a pagar a las demandantes la cantidad de TRECE MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO EUROS CON SETENTA Y NUEVE CÉNTIMOS -13.164,79 €- incrementada en lo que resulte de aplicarla el interés legal descrito en el fundamento sexto de la presente resolución, sin imposición de costas.".
En fecha dieciséis de noviembre de dos mil once, se dictó auto de aclaración, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "SE ACLARA LA SENTENCIA de fecha onde de octubre de dos mil once, en el sentido siguiente:
Respecto de los FUNDAMENTOS DE DERECHO:
SEPTIMO.- Respecto de las costas procesales........, donde
DEBE DECIR:
QUINTO.- Respecto de las costas procesales....
Y en la PARTE DISPOSITIVA, al final, dice:
.... Incre
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos