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Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico

TS, Sala Primera, de lo Civil, 616/2016, de 10 de octubre. Recurso 2605/2014

Ponente: ANGEL FERNANDO PANTALEON PRIETO
SP/SENT/873810
Gestión Documental
 Responsabilidad de los causantes de la contaminación frente al actual propietario de los terrenos por la declaración de suelo contaminado producida durante la vigencia de la Ley de residuos derogada en 2011
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 La licitud de la actividad contaminante, en su día autorizada por la Administración, no es causa de exoneración de la responsabilidad que se impone a los causantes de la misma
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 La aportación de la rama de actividad agrícola y forestal de la empresa en España, mediante la operación de aumento de capital, no supone suceder a la misma en las obligaciones como causante de la contaminación
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- La procuradora, doña Pilar García Uroz en nombre y representación de Urbanizadora Santa Clara S.A., interpuso demanda de juicio ordinario contra The Tharsis Public Limited Company, La Compañía Española de Minas de Tharsis S.A. (en liquidación) y Nueva Tharsis S.A. y en la que solicitaba se dictara sentencia por la que:
«1.º Declare que las compañías The Tharsis Public Limited Company, Compañía Española de Minas de Tharsis S.A. (en liquidación) y Nueva Tharsis S.A. son responsables solidarias de los daños derivados de la contaminación de la finca propiedad de mi poderdante, identificada y descrita en escritura pública de compraventa autorizada con fecha 4 de octubre de 2004 por el Notario de Huelva D. Tomás Giménez Villanueva, cuyo original obra en su protocolo bajo el número mil novecientos cuarenta y seis, finca que se halla comprendida dentro del Plan Parcial Residencial-12 (PPR-12), en el término municipal de Aljaraque (Huelva), y
»2.º Condene solidariamente a las codemandadas a pagar a mi mandante el importe de los perjuicios sufridos por la misma, que ascienden a la cantidad de 3.882.155,31 euros en concepto de gastos de descontaminación del suelo; 135.680,76 euros en concepto de gastos diversos derivados de la citada contaminación del suelo, 45.000 euros en concepto de gastos de novación del préstamo en el que se había subrogado mi mandante; la cantid
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