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Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico

TS, Sala Primera, de lo Civil, 698/2016, de 24 de noviembre. Recurso 455/2014

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
SP/SENT/877917
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 La dehiscencia de las suturas empleadas, que dio lugar a una necrosis de los tejidos, fue un riesgo informado y asumido en el consentimiento informado que en ningún caso garantizaba un resultado determinado
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 La vasculopatía periférica generalizada era por completo imprevisible sin que sea de aplicación al caso la doctrina del daño desproporcionado
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El procurador don José Manuel Tahoces Blanco, en nombre y representación de don Norberto , interpuso demanda de juicio ordinario, contra la entidad Clínica Tuñón S.L en la persona de su Director o legal representante, contra don Gabino y contra la Compañía de seguros mercantil W.R.Berkley España y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado:
«se dictara sentencia por la que estimando la demanda condene conjunta y solidariamente a los demandados: mercantil Clínica Javier González Tuñón S.L., don Gabino y Cia W.R. Berley España, a pagar a mi representado la cantidad de 787.000 euros setecientos ochenta y siete mil (comprensiva de los siguientes conceptos a daños materiales justificados por intervenciones y desplazamientos 142.075,27 euros, más: otros 644.924,73 por daños funcionales, estéticos, anímicos y morales, todo ello con imposición de costas a los mismos».
SEGUNDO.- La procuradora doña Isabel Fernández Fuentes, en nombre y representación de don Javier González Tuñón S.L, contestó a la demanda y oponiendo los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación terminó suplicando al Juzgado dictase en su día sentencia por la que:
«se desestime íntegramente la demanda absolviendo a mi representado de los pedimentos adversos; y, para el improbable supuesto de estimación parcial se modere de forma sustancial las cantidades
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