Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico
TS, Sala Segunda, de lo Penal, de 26 de abril de 2017. Recurso 2114/2016
Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR
SP/SENT/903853
El Pleno establece que el delito de conducción de un vehículo sin haber obtenido el permiso de conducción es de peligro abstracto por no poseer la habilitación teórica y práctica y no haberse comprobado la capacidad física y psíquica del conductor
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de lo Penal núm. 2 de Toledo en las Diligencias Urgentes Juicio Rápido núm. 2/2016 seguidas por delito contra la seguridad vial contra DON Baldomero , dictó Sentencia núm. 108/2016 con fecha 29 de febrero de 2016 , que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS: ""Sobre las 4 horas del día 10 de febrero de 2016 el acusado Baldomero , mayor de edad y con DNI núm. NUM000 , conducía el vehículo a motor marca Opel Corsa matrícula W-....-WI , por la carretera TO-7723 del término municipal de Torrijos, conducción que realizaba siendo plenamente consciente de la imposibilidad que le afecta para la conducción de vehículos a motor, por no haber obtenido en ningún momento permiso de conducir o licencia que le habilite oficialmente para conducción de vehículos a motor.""
SEGUNDO.- El Juzgado de lo Penal núm. 2 de Toledo dictó el siguiente pronunciamiento: ""Que debo CONDENAR y CONDENO a Baldomero , como autor penalmente responsable de un delito contra la Seguridad Vial, previsto y penado en el art. 384.2 del Código Penal , sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de 12 meses con cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del art. 53.1 del Código Penal . Con imposición de costas al condenado. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Toledo en el plazo de 5 días siguientes a su not