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Asesor Fiscal

TEAC, Vocalía 12.ª, 00/04523/2016, de 31 de enero de 2017

SP/SENT/886022
RESUMEN


Asunto: Procedimiento de recaudación. Embargo de las ayudas PAC. Límites establecidos para los ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles autónomas.

Criterio:
A las ayudas o subvenciones percibidas con cargo a los fondos de la Política Agrícola Comunitaria les resultan de aplicación los límites a la embargabilidad previstos por el artículo 607 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en tanto que de conformidad con lo previsto en el apartado 6 de dicho precepto forman parte de los ingresos de la actividad profesional o mercantil autónomas de los agricultores.  Unificación de criterio. 
Referencias normativas:
Ley 58/2003 General Tributaria LGT 169.2.c)171.3RD 939/2005 Reglamento General de Recaudación RGR 8282.1Ley 35/2006 Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF 27Código Civil RD 24-jul-1889 355 Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil 607607.6

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ANTECEDENTES DE HECHO
 
PRIMERO:
De los antecedentes obrantes en el expediente resultan acreditados los siguientes hechos:
1- Con fecha 5.02.2013 se notificó al obligado al pago la diligencia de embargo de créditos por la que se ordena a la Junta de Andalucía, en su calidad de entidad pagadora, la retención e ingreso de los créditos reconocidos al citado obligado con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) hasta cubrir el importe adeudado por el concepto de IRPF, declaración ordinaria 2007, cuya providencia de apremio se notificó el 16.05.2012 y habiendo declarado el TEAR la inadmisión de la impugnación efectuada contra la resolución desestimatoria del recurso de reposición, por un importe total de 26.784,84 €.
En la diligencia de embargo se indica que existen créditos reconocidos por importe de 11.006,83€.
El obligado interpuso recurso de reposición contra la diligencia de embargo que fue desestimado.
2- Contra la desestimación del recurso de reposición el obligado tributario interpuso reclamación económico-administrativa 23-1204-2013 respecto de la que el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía, Sala Desconcentrada de Granada (en adelante, TEAR) dictó resolución estimatoria y anula la diligencia de embargo impugnada señalando:
CUARTO.-
En cuant
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