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Asesor Fiscal

TC, Pleno, 73/2017, de 8 de junio. Recurso 3856/2012

Ponente: Andrés Ollero Tassara
SP/SENT/904656
Gestión Documental
 Una "amnistía fiscal" no puede regularse vía Decreto-Ley (art.86.1 CE): se declara nulo e inconstitucional el RD-ley 12/2012, de 30 de marzo, sin efectos retroactivos sobre las rentas regularizadas
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ANTECEDENTES DE HECHO
1. El día 25 de junio de 2012 tuvo entrada en el registro general del Tribunal Constitucional un escrito de doña Virginia Aragón Segura, Procuradora de los Tribunales y comisionada por 105 Diputados del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso de los Diputados, por el que interpone recurso de inconstitucionalidad contra la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público, por posible vulneración de los arts. 86.1 y 31.1 CE.
Consideran los Diputados recurrentes que la disposición adicional impugnada vulnera los arts. 86.1 y 31.1 CE, al introducir una nueva figura, una declaración tributaria, mediante la que el contribuyente reconoce la titularidad de derechos procedentes de rentas no declaradas en períodos impositivos anteriores, instaurando un gravamen nuevo, de carácter temporal, naturaleza personal y directa, de sujeción voluntaria y alternativo a tres pilares básicos o estructurales de nuestro sistema tributario como son el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), el impuesto sobre sociedades (IS) y el impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR). Basta con acudir a la doctrina constitucional (SSTC 182/1997, 132/2003 y 108/2004) para comprobar cómo a través de un decreto-ley no se puede afectar al deber de contribuir, lo que sucede cuando con la norma controvertida se provoca un cambio sustancial en la posic
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