CARGANDO...

Penal

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 447/2021, de 26 de mayo. Recurso 3097/2019. Con Comentarios

Ponente: JAVIER HERNANDEZ GARCIA
SP/SENT/1101971
RESUMEN

Relevancia normativa de la "ciberintimidación". Agresión sexual. Obtención de imágenes pornográficas de una menor grabadas por ella misma misma a consecuencia de la intimidación "on line" ejercida por el autor. El escenario ofensivo en el que se produce, marcado por la distancia física entre victimario y víctima, no desnaturaliza la acción en términos de tipicidad ni compromete, en atención a criterios de proporcionalidad, su ubicación y sanción por el tipo de la agresión sexual. Especial vulnerabilidad. Deberes de protección. Dilación indebida con valor muy cualificado. Revisbilidad del pronunciamiento absolutorio.

Gestión Documental
 Se aprecian dilaciones extraordinarias en la duración del proceso de siete años, con elementos de especial desmesura por disfunciones de ordenación procedimental y que derivan en graves consecuencias punitivas para la persona sometida a este
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Se aprecia delito de agresión sexual en ciberdelincuencia ante la intimidación ejercida sobre la menor, mediante amenazas de publicar o enviar sus vídeos sexuales, para llevar a cabo la cosificación sexual
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de Instrucción núm. 3 de DIRECCION004 instruyó Sumario número 1/2016, por delitos de agresión sexual, corrupción de menores y exhibición de material pornográfico contra Juan Manuel; una vez concluso lo remitió a la Audiencia Provincial de Valencia, cuya Sección tercera (rollo de sala 135/2017) dictó Sentencia número 218/2019 en fecha 9 de abril de 2019 que contiene los siguientes hechos probados:
"El acusado Juan Manuel, nacido el NUM000-1990, con DNI NUM001 y sin antecedentes penales, usuario -además de titular- del número de abonado de teléfono móvil NUM002, en la segunda quincena del mes de marzo de 2012 y fingiendo ser una menor llamada Remedios, envió a través de la red social DIRECCION000 una invitación de amistad a la menor Salome, nacida el NUM003-2000, la que fue aceptada, Trascurridos 3 días aproximadamente, el acusado contactó, bajo la falsa identidad y a través de su teléfono móvil num. NUM004 mediante la aplicación DIRECCION002 con Salome tras conseguir el teléfono de ésta, manteniendo inicialmente conversaciones en tono amigable enviándole el acusado 'la fotografía de una menor desnuda, haciéndole creer que se trataba de la mencionada menor con la que Salome pensaba había trabado amistad, solicitando a ésta hiciera lo mismo y, como quiera que Salome se oponía ello, el acusado comenzó a amedrentarla, diciéndole que era un delito poseer la expresada fotografía y que, de no acceder a su pretensión al denunciaría a ella y a sus padres
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos