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Penal

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 569/2013, de 26 de junio. Recurso 2135/2012

Ponente: PERFECTO AGUSTIN ANDRES IBAÑEZ
SP/SENT/727784
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 Las grabaciones incriminatorias cuentan con una ilegitimidad que no puede neutralizarse en modo alguno con la existencia de un delito
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ANTECEDENTES DE HECHO
1.- El Juzgado de instrucción número 8 de Gavá instruyó sumario 1/2011, por delito continuado contra la libertad sexual y otro delito continuado contra la intimidad, contra Juan Manuel , lo remitió a la Audiencia Provincial de Barcelona, cuya Sección 2ª dictó sentencia en fecha 1 de octubre de 2012 con los siguientes hechos probados:
" UNICO.- Se considera probado y así se declara que el día 10 de febrero de 2011 Guillerma y su hermana Catalina formularon denuncia contra Juan Manuel , mayor de edad, sin antecedentes penales y esposo de esta última por la presunta realización de tocamientos inequívocamente sexuales sobre la persona de Guillerma , actos que habría llevado a cabo sin su consentimiento y estando ésta dormida y que habría grabado con su móvil, manifestando también sus sospechas de un posible abuso de igual naturaleza sobre Mireia, la hija menor de ambos por presentar en alguna ocasión irritación en sus genitales externos.
Los denunciantes habían tenido conocimiento de los hechos que denunciaron cuando Catalina , que se hallaba separada de hecho de su esposo desde un tiempo antes que no ha quedado determinado, pro infidelidades de éste, tras recibir una llamada telefónica de una mujer -su supuesta amante- refiriéndole que en el coche de Juan Manuel estaban las pruebas de la relación que sostenían, cogió un duplicado de las llaves que guardaba en su domicilio y se dirigió al lugar donde Juan Manuel tenía aparcado el vehículo y abr
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