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Penal

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 161/2015, de 17 de marzo. Recurso 1828/2014

Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
SP/SENT/802777
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 El examen por videoconferencia de testigos y peritos en el proceso no afectó de forma sustancial a la defensa de la causa por el Fiscal, y resultó motivada de forma correcta, no pudiendo invalidarse por una arbitrariedad que no existe
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 La decisión de la sentencia de instancia de condenar al acusado, que manchó con un spray la prenda de la diputada por una falta de daños, resulta adecuada no pudiendo apreciarse la aplicación de la eximente por ejercicio legítimo del derecho
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 Se estima la pretensión del Fiscal que pretende la condena por el delito del artículo 498 CP, por atentar contra las instituciones del Estado, por los incidentes desarrollados en la concentración ante el Parlament Cataluya
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 Los acusados obstaculizaron las tareas parlamentarias y contribuyeron con ello a intimidar a los Diputados autonómicos, por lo que procede la condena por el delito del artículo 498 CP
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 No se admitirá la condena por el atentado que pretende el Fiscal, pues el empleo ejecutivo de la fuerza de los manifestantes para lograr el objetivo de la convocatoria, cual era paralizar la actividad parlamentaria, no puede considerarse atentado
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- El Juzgado Central de instrucción número 6, instruyó diligencias previas número 124/2011, por delito contra las instituciones del Estado, de atentado, asociación ilícita y una falta de daños, contra Ezequiel , Luciano , Tomás , Marco Antonio , Raimunda , Emma , Artemio , Paulina , Eusebio , Leopoldo , Urbano , Rosalia , Teofilo , Arcadio , Estela , Eugenio , Landelino , Rosario y Jose Luis y, conclusas las remitió a la Audiencia Nacional, cuya Sección Primera de la Sala de lo Penal, dictó en el Rollo de Sala número 6/2013 sentencia en fecha 7 de julio de 2014 , con los siguientes Hechos Probados:
"1.- El movimiento de protesta surgido en las plazas de las grandes ciudades a lo largo de la primavera del año 2011, conocido como 15m, convocó los días 14 y 15 de junio una concentración ante el Parlament de Catalunya con ocasión de la aprobación de los presupuestos de la Comunidad para aquel año, en protesta por la reducción del gasto social. El lema de la movilización era "Aturem el Parlament, no deixarem que aprovin retallades" (Paremos al/el Parlament, no permitiremos que aprueben recortes). La manifestación fue comunicada a la autoridad por las organizaciones que la convocaban, el movimiento L'Acampada de Barcelona y las Asociaciones de vecinos de la ciudad, y publicitada por varios medios, entre otros una rueda de prensa, celebrada el 10 de junio, en la que dos portavoces de los movimientos sociales declararon que no pretendían impedir el funcionami
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