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Penal

AP Barcelona, Sec. 6.ª, 367/2017, de 15 de mayo. Recurso 101/2017

Ponente: MARIA DOLORES BALIBREA PEREZ
SP/SENT/913629
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 Deberá tenerse por válida la prueba de reconocimiento fotográfico a cuya composición mostró su conformidad el Letrado del investigado no pudiendo invalidarse como prueba de los hechos
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 Los tocamientos que realizó el acusado en la zonas erógenas de la víctima, rebasan la antigua falta de vejaciones, siendo correcta la calificación como abusos sexuales
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Condeno a Pedro Miguel como autor de un delito de abuso sexual, ya definido, a una pena de 18 meses de multa con una cuota diaria de 3 euros (1.620 euros), con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas.
Condeno a Pedro Miguel como autor de un delito de robo con violencia, en concurso ideal con una falta de lesiones intencionales, a una pena de dos años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena por el primero y a 1 mes de multa con una cuota diaria de 3 euros (90 euros), con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas, por el segundo.
Condeno a Pedro Miguel al pago de 156,70 euros a favor de Salome , en concepto de indemnización por daños y perjuicios de carácter personal, más los intereses legales incrementados en dos puntos desde la fecha de esta resolución y hasta su completo pago, por eventual demora procesal, y de la cantidad que se determine en ejecución de sentencia, según lo expuesto en el fundamento jurídico tercero de esta resolución en relación con los hechos declarados probados, en concepto de indemnización civil por los daños y perjuicios causados de naturaleza
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