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Mercantil y Concursal

SP/DOCT/19845

Preguntas y Respuestas. Enero 2016

Orden ECC/2316/2015, sobre obligaciones de información y clasificación de productos financieros

Redacción Jurídica de Derecho Mercantil SEPIN
Gestión Documental
El día 4 de noviembre se publicó en el BOE la Orden ECC/2316/2015, sobre obligaciones de información y clasificación de productos financieros. Su proximidad a la aprobación del Texto Refundido de la Ley de Mercado de Capitales mediante Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre (SP/LEG/18616), le confiere aún más interés.
Sobre su texto legal planteamos una serie de interrogantes con el fin de que sus rasgos fundamentales gocen de la mayor claridad.
¿Cuál es el objetivo de la Orden?
Que la información sobre productos y servicios que ofrecen a sus clientes las entidades financieras sea veraz, suficiente y comprensible.
¿Era necesaria?
Sí, pues el legislador reconoce que ha faltado la claridad necesaria, que hay déficit de información, que la existente se presenta confusa e incompleta y que es necesario que la de carácter precontractual tenga un formato común y conste en documentación estandarizada.
¿Sustituyen estas mejoras a la información precontractual obligatoria?
En absoluto; tan solo la complementan.
¿Qué intenta implementar esta Orden?
Que se dé la información necesaria para que el cliente sepa y comprenda el alcance de lo que contrata, que los productos de inversión sean clasificados por riesgo y complejidad antes de su comercialización y crear un sistema común de información homogéneo para todos los productos de inversión y ahorro.
¿Cuál es la estructura de la Orden?
Se estructura en tres capítulos y un anexo.
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