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Mercantil y Concursal

SP/DOCT/21997

Artículo Monográfico. Enero 2018

La integración del cumplimiento laboral en las estructuras del "Compliance"

Concepción Morales Vallez. Magistrada de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Gestión Documental
Introducción
La Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal Nota , conforme a lo manifestado en su propia exposición de motivos, "lleva a cabo una mejora técnica en la regulación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, introducida en nuestro ordenamiento jurídico por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio", que incide fundamentalmente en la finalidad de delimitar adecuadamente el contenido de la expresión «debido control», cuyo quebrantamiento permite fundamentar la responsabilidad penal de las personas jurídicas, conforme a lo dispuesto en el art. 31 bis del Código Penal.
La finalidad de la reforma, en efecto, era poner fin a las dudas interpretativas que había planteado la anterior regulación Nota , que desde algunos sectores doctrinales había sido interpretada como un régimen de responsabilidad vicarial, y asimismo con ella, se asumen ciertas recomendaciones que en ese sentido habían sido realizadas por algunas organizaciones internacionales
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