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Mercantil y Concursal

DGRN/DGSJFP, de 3 de junio de 2014

Ponente: joaquín josé rodríguez hernández
SP/SENT/775309
Gestión Documental
 Cuando la presentación del título notarial es telemática es innecesario aportar con el recurso, el título calificado porque la copia autorizada electrónica del documento telemáticamente remitido y calificado está a disposición del registrador
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 La inscripción de constitución de sociedad o de modificación del objeto social contendrán siempre el código de actividad correspondiente a la principal, la que mejor la describa y con desglose suficiente a calificar por el Registrador, Ley 14/2013
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ANTECEDENTES DE HECHO
I
Por el notario recurrente se autorizó, el día 26 de febrero de 2014, escritura pública de constitución de la sociedad de responsabilidad limitada denominada «Gexx Alcudia, S.L.». De la escritura resulta, estipulación B, apartado b), que la sociedad se regirá por «los estatutos que me entrega…». De dichos estatutos resulta en su artículo 2 lo siguiente: «Constituyen el objeto social las siguientes actividades, que se relacionan indicando el correspondiente código de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas: La compraventa, promoción, edificación, planificación, arrendamiento y prestación de servicios complementarios de inmuebles (CNAE 411, 412, 681, 682 y 683)».
II
Presentada telemáticamente la referida documentación fue objeto de la siguiente nota de calificación: «Registro Mercantil de Palma de Mallorca Notificación de Suspensión de Inscripción por defectos don Eduardo López Ángel, Registrador Mercantil de Palma de Mallorca Mercantil, previo el consiguiente examen y calificación, de conformidad con los artículos 18 del Código de Comercio y 6 del Reglamento del Registro Mercantil, ha resuelto no practicar la inscripción solicitada conforme a los siguientes hechos y fundamentos: Hechos Diario/Asiento: 001 F. Presentación: 27/02/2014. Entrada: 001. Sociedad: Gexx Alcudia, S.L. Autorizante: Morote Mendoza, Jesús María Protocolo: 001 de 26/02/2014. Fundamentos de Derecho. 1.–De conformidad con lo previsto
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