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Mercantil y Concursal

TS, Sala Primera, de lo Civil, 268/2016, de 22 de abril. Recurso 2752/2012

Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
SP/SENT/851308
Gestión Documental
 Acreditada la debida información precontractual y el cumplimiento del art 79 bis, es irrelevante la denunciada infracción del art 70 quáter LMV, pues el conflicto de interés está implícito en los propios swaps complementados con los cap/floor
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia
1. El procurador Juan Miguel Sánchez Masa, en nombre y representación de Promociones Parque Orgaz, S.L. y Servicios de Propiedades para Internacionales, S.A., interpuso demanda de juicio ordinario ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 8 de Madrid, contra la entidad Caja de Ahorros del Mediterráneo (en la actualidad Banco CAM, S.A.U.), para que se dicte sentencia:
« por la que, estimando íntegramente la demanda, se declarase que:
»1. Los contratos CMOF, IRS SWAP n° 2643 y 2648, y CAP n° 2645 y 2650, suscritos por mis mandantes con la demandada e identificados en el cuerpo de la presente demanda, son inexistentes por la concurrencia de error sufrido por las demandantes o bien nulos radicalmente, por la concurrencia de un error propio por vicio del consentimiento.
»2. Con carácter subsidiario respecto del anterior, que se declare que los mismos contratos son nulos radicalmente por dolo de la demandada.
»3. Con carácter subsidiario respecto del anterior, que se declare que los mismos contratos son nulos radicalmente por ausencia de causa o concurrencia de causa ilícita.
»4. Que en cualquiera de los casos anteriores, se condene a la mercantil demandada a abonar a Promociones Parque Orgaz, S.L. la suma de ciento veintidós mil un euros con cincuenta y nueve c
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