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Mercantil y Concursal

TS, Sala Primera, de lo Civil, Pleno, 414/2016, de 20 de junio. Recurso 2593/2013

Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
SP/SENT/858957
Gestión Documental
 La Fundación, cesionaria de los derechos de explotación de la imagen de Salvador Dalí, que solo defiende intereses patrimoniales, no está legitimada para proteger, ex art 4 LO 1/1982, la memoria del artista como derecho moral y de la personalidad
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- El procurador D. Francisco Javier Manjarín Albert, en nombre y representación de Fundación Gala-Salvador Dalí, Demart Pro Arte, B.V. y Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos, interpuso demanda de juicio ordinario contra D. Mauricio y Faber Gotic, S.L. en la que solicitaba se dictara sentencia en la que se declare:
«[...] 1) Que los demandados han vulnerado los derechos de marcas de la Fundació Gala-Salvador-Dalí /y/o de la sociedad Demart Pro Arte, B.V, titularidad 100% de la Fundación), reconocidos en los artículos 34 y siguientes de la ley 17/2001 de Marcas , de 7 de diciembre.
» 2) Que los demandados han vulnerado los derechos de propiedad intelectual patrimoniales sobre la obra de Salvador Dalí reconocidos en los artículos 17 y siguientes del Real Decreto Legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual .
» 3) Que los demandados han realizado una intromisión ilegítima en los derechos de imagen de Salvador Dalí por utilización de su nombre e imagen para fines publicitarios y comerciales, según dispone el art. 7.6 de la L.O 1/82 .
» 4) Que los demandados han realizado una conducta desleal de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5 y siguientes de la Ley 1/1993 .
» Y en consecuencia se les condene s
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