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Mercantil y Concursal

TS, Sala Primera, de lo Civil, 180/2017, de 13 de marzo. Recurso 1460/2014

Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
SP/SENT/891628
Gestión Documental
 Los créditos pignorados por el Deportivo de la Coruña a favor de la AEAT son especialmente privilegiados, porque los negocios de constitución de prenda son anteriores al concurso, permiten identificarlos y fueron inscritos y notificados
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia. 1.- En el concurso del Real Club Deportivo de La Coruña S.A.D., el procurador D. Alejandro Reyes Paz, en nombre y representación de la concursada, interpuso demanda incidental contra la Administración Concursal y la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la que solicitaba se dictara sentencia: «[...] por la que se declare, lo siguiente: » a) Que todos los créditos que aparecen como privilegiados especiales a favor de la AEAT en el informe inicial de la administración concursal reciban la calificación concursal (privilegiada general del artículo 91.2 o 91.4, ordinaria o subordinada) que corresponda según su respectiva naturaleza.
» b) Que la deuda que mantiene por la concursada con la Agencia Tributaria es de 58.926.228,95 euros, sin perjuicio de que un nuevo cálculo de principal, intereses y de las sanciones resulte una cantidad diferente a la citada.
» c) Que se condene al pago de las costas a las demandadas».
2.- La demanda fue presentada el 5 de abril de 2013, repartida al Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de A Coruña, que estaba conociendo del concurso de acreedores, y fue registrada con el núm. 16/2013 . Una vez fue admitida a trámite, se procedió al emplazamiento de las partes demandadas.
3.- La administración concursal contestó la demanda y solicitó su desestimación, con expresa imposición de costas a l
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