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Mediación y Arbitraje

TSJ Canarias, Las Palmas de Gran Canaria, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1.ª, 2/2016, de 10 de mayo. Recurso 5/2015

Ponente: MARIA MARGARITA VARONA FAUS
SP/SENT/864934
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 No concurre defecto de notificación de las actuaciones arbitrales pues fue la parte demandada la que voluntariamente se colocó en situación de indefensión al negarse a recibir la notificación
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 No hay extralimitación del laudo pues el desalojo es una consecuencia necesaria de la resolución contractual sometida a arbitraje
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 Orden público se entiende como el conjunto de principios, normas rectoras generales y derechos fundamentales constitucionalizados en el Ordenamiento español, siendo sus normas jurídicas básicas e inderogables por la voluntad de las partes
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 La dejación del ejercicio de derechos de audiencia, contradicción y defensa llevada a cabo por la parte demandada en el arbitraje al negarse a comparecer en el procedimiento arbitral, no puede erigirse en causa de anulación del Laudo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El 17 de junio de 2015 tuvo entrada en esta Sala el escrito presentado por el Procurador D. Antonio Vega González, en nombre y representación de la entidad Gecrimar Canarias S.L. y de D. Carlos Jesús , interponiendo demanda para ejercer la acción de anulación contra el Laudo de 13 de abril de 2015, dictado por el árbitro D. Alberto , en el arbitraje de equidad seguido entre la entidad Hossein Air Asociados, S.L.U frente a la entidad Gecrimar Canarias S.L. y D. Carlos Jesús .
La cuantía del procedimiento ha sido establecida en 300.000 euros.
SEGUNDO.- El 22 de junio de 2015 se presento escrito por la parte demandante ampliando subjetivamente la demanda contra D. Alberto , autor del laudo arbitral.
TERCERO.- El 23 de junio de 2015, la Letrada de la Administración de Justicia de la Sala dictó decreto admitiendo a trámite la demanda, teniendo por comparecida y parte al demandante y dando traslado de la demanda a los demandados por un plazo de veinte días.
CUARTO.- El 29 de julio de 2015 se presentó escrito por el demandado D. Alberto , allanándose a la demanda presentada por la demandante en su contra. El 2 de septiembre de 2015, dentro del plazo conferido, tuvo entrada en esta Sala el escrito de la Procuradora Dª María del Carmen Benitez López, actuando en nombre y representación de la entidad Hossein Air Asociados S.L.U., contestando a la demanda interpuesta. De los referidos
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