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 Jurisprudencia

AP Álava, Sec. 1.ª, 95/2019, de 24 de junio. Recurso 642/2019

Ponente: SILVIA VIÑEZ ARGUESO
SP/AUTRJ/1018599
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 Competencia del Juzgado de 1ª Instancia para conocer del procedimiento de liquidación del régimen económico, aunque el divorcio fue dictado por el Juzgado de Violencia, pues la causa penal había cesado ante la absolución por falta de prueba
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO-. En Procedimiento de liquidación de régimen económico matrimonial (sociedad de gananciales) número 56/2019 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 8 de Vitoria-Gasteiz, se dictó Auto núm. 127/19 el veintiocho de febrero, cuya Parte Dispositiva es del tenor literal siguiente:
" Se declara la falta de competencia objetiva de este Juzgado para conocer de las pretensiones ejercitadas en el procedimiento LSG 56/2019 promovido por la Procuradora Sra. Gómez, en nombre y representación de D. Samuel , frente a Dña. Penélope sobre Liquidación del Régimen economico matrimonial de Sociedad de Gananciales, al ser competente el Juzgado de Violencia Sobre la Mujer Nº 1 de Vitoria ".
SEGUNDO-. Frente a la anterior resolución, interpuso recurso de apelación el demandante, D. Samuel dirigido por la Letrada Dª Cristina Santo- Domingo Vicario y representado por la Procuradora Dª Isabel Gómez Pérez de Mendiola, recurso que se tuvo por interpuesto el quince de marzo. Dado el correspondiente traslado, el MINISTERIO FISCAL impugnó la resolución apelada en el sentido de adherirse al recurso de apelación. Seguidamente, se elevaron los autos a esta Audiencia Provincial con emplazamiento de las partes.
TERCERO-. Recibidos los autos en la UPAD de esta Sección Primera y comparecida la parte apelante, el veintiséis de mayo se mandó formar el presente Rollo, registrándose con el núm. 642/19 y turnándose la ponencia al
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