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 Jurisprudencia

TC, Sala Primera, Sec. Primera, 186/2008, de 26 de diciembre. Recurso 6717/2005

Ponente: Mª EMILIIA CASAS BAAMONDE
SP/SENT/437648
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 Aunque en el escrito de reposición no figurase de modo expreso la palabra "infracción" relacionada con un precepto concreto, de su razonamiento se desprende la norma infringida, siendo incorrecta la inadmisión
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ANTECEDENTES DE HECHO
1. Mediante escrito registrado el 27 de septiembre de 2005, la Procuradora doña María Isabel Torres Coello interpuso en nombre y representación de don Antonio demanda de amparo contra la resolución a la que se hecho referencia en el encabezamiento.
2. Los hechos con relevancia para la resolución del presente recurso de amparo y a los que se refiere la demanda presentada son los siguientes:
a) El recurrente en amparo entabló demanda de juicio verbal contra don Manuel cuyo conocimiento recayó en el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Blanes, que en fecha 8 de noviembre de 1993 dictó Sentencia estimatoria, condenando al demandado al pago de 52.100 pesetas más intereses legales.
b) El 5 de junio de 1994 el demandante solicitó por escrito al Juzgado la ejecución forzosa de la Sentencia, despachándose la misma por providencia que ordenó el embargo de bienes del deudor para garantizar el principal de 52.100 pesetas y otras 100.000 pesetas en concepto de intereses y costas de la ejecución. Tras diversos avatares se acuerda el archivo del procedimiento de ejecución abierto, núm. 71-1993 de dicho Juzgado, mediante providencia de 22 de diciembre de 1999. Por escrito presentado el 8 de marzo de 2001 el ejecutante se dirige al órgano judicial para el nombramiento de un nuevo Procurador y la reactivación de las diligencias ejecutorias, a lo que se accede en providencia de 9 de marzo de 2001.
Po
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