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 Jurisprudencia

TC, Pleno, 83/2016, de 28 de abril

Ponente: Adela Asua Batarrita
SP/SENT/855684
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 Sometimiento al control jurisdiccional exclusivo del Tribunal Constitucional de los actos gubernamentales y parlamentarios de declaración, autorización y prórroga de los estados de emergencia
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ANTECEDENTES DE HECHO
1. Mediante escrito presentado en el Registro General de este Tribunal el día 27 de julio de 2012, doña María Eugenia Fernández Rico Fernández, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de don Miguel y 326 personas más, cuya identidad figura en las actuaciones, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones judiciales a las que se ha hecho mención en el encabezamiento de esta Sentencia.
2. Los hechos en los que se fundamenta la demanda de amparo son, sucintamente expuestos, los siguientes:
a) Por Real Decreto 1611/2010, de 3 de diciembre, se encomendaron transitoriamente al Ministerio de Defensa las facultades de control de tránsito aéreo atribuidas a la entidad pública empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), correspondiendo al Jefe del Estado Mayor del Ejército del Aire la adopción de las decisiones que procedieran para la organización, planificación, supervisión y control de los controladores de tránsito aéreo al servicio de AENA.
En la exposición de motivos del citado Real Decreto se justificó la medida adoptada por "las circunstancias extraordinarias que concurren por el cierre del espacio aéreo español como consecuencia del conflicto provocado por los controladores de tráfico aéreo que, mediante una acción concertada, han resuelto sin aviso previo, no desarrollar en la tarde del día 3 de diciembre de 2010 su actividad profesional…"
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