CARGANDO...

 Jurisprudencia

TJCE/TJUE, Sala Primera, de 10 de noviembre de 2016. Recurso C-30/15

Ponente: S. Rodin
SP/SENT/877302
Gestión Documental
 No cabe extender la protección del cubo de Rubik a todo tipo de puzzles con forma similar y concederle con ello el monopolio, pues lo relevante es la función técnica de rotación de los elementos individuales que lo conforman
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
1 Mediante su recurso de casación, Simba Toys GmbH & Co. KG solicita la anulación de la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea de 25 de noviembre de 2014, Simba Toys/OAMI — Seven Towns (Forma de un cubo con caras que poseen una estructura cuadriculada) (T 450/09, en lo sucesivo, «sentencia recurrida», EU:T:2014:983), mediante la que dicho Tribunal desestimó su recurso de anulación de la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) (en lo sucesivo, «Sala de Recurso»), de 1 de septiembre de 2009 (asunto R 1526/2008 2), relativa a un procedimiento de nulidad entre la recurrente y Seven Towns Ltd (en lo sucesivo, «resolución controvertida»).
Marco jurídico
2 El Reglamento (CE) n.º 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (DO 1994, L 11, p. 1), fue derogado y sustituido por el Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca de la Unión Europea (DO 2009, L 78, p. 1), que entró en vigor el 13 de abril de 2009.
3 No obstante, había cuenta de la fecha en que se produjeron los hechos, el Reglamento n.º 40/94 sigue siendo aplicable al presente litigio, al menos, en lo que concierne a las disposiciones que no sean de carácter estrictamente procesal.
4 El artículo 7 del Reglamento n.º 40/94, titulado «Motivos de denegació
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos