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 Jurisprudencia

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 177/2017, de 22 de marzo. Recurso 20249/2016

Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
SP/SENT/891804
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 El acusado que no acató la providencia del TC, no podrá eludir el delito de desobediencia grave por el que se le condena alegando que no había recibido requerimiento o notificación alguna
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 17 de marzo de 2016 se recibió en el Registro General de este Tribunal Supremo, exposición razonada del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el marco de las diligencias previas núm. 1/2015, incoadas por dicho Tribunal y seguidas, entre otros, contra D. Fausto , quien era Consejero de la Presidencia y portavoz del Gobierno de la Generalitat de Cataluña, por los presuntos delitos de desobediencia grave cometido por autoridades públicas previsto y penado en el artículo 410.1 del CP , prevaricación administrativa del artículo 404 CP y malversación de caudales públicos del artículo 433 del mismo texto legal .
En el momento de iniciarse las actuaciones D. Fausto ostentaba la condición de Diputado de las Cortes Generales en la pasada IX legislatura. Era además miembro de la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados, condición que mantiene en la actualidad.
SEGUNDO.- Formado rollo en esta Sala y registrado con el número 3/20249/2016, por providencia de 18 de marzo de 2016 se designó ponente para conocer de la presente causa, conforme al turno preestablecido, y se acordó la devolución de las diligencias originales al órgano remitente, en tanto esta Sala no resolviera sobre la exposición remitida, requiriendo que se enviara testimonio de aquello de especial relevancia en relación con el contenido de la citada exposición.
El 6 de abril de 2016, se recibió en el Registro General de este
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