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Procesal Civil

TS, Sala Primera, de lo Civil, 313/2016, de 12 de mayo. Recurso 2723/2013

Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
SP/SENT/854899
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 No cabe en proceso ordinario, posterior a ejecutivo, alegar lo que la sociedad, en rebeldía voluntaria, pudo haber opuesto a la ejecución cambiaria, sobre carencia de fuerza ejecutiva de las letras de cambio por falta de mención del tomador
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 La precedente sentencia de esta sala del TS sobre que el despacho de ejecución careció de validez porque las letras de cambio carecían de la mención del tomador, tiene solo eficacia declarativa y no puede ser considerada hecho nuevo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- La procuradora D.ª Begoña Lluva Rivera, en nombre y representación de Gymicon, S.A., interpuso demanda de juicio declarativo ordinario contra Banco Europeo de Finanzas, S.A., en la que solicitaba se dictara sentencia:
«[...] por la que:
» Se declare:
» a) La nulidad de las actuaciones del procedimiento de Ejecutivo Cambiario seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Collado Villalba, bajo el número de Autos 274/1.993.
» b) Se reconozca y declare la nulidad y carencia de fuerza ejecutiva de las 19 Letras de Cambio, en las que se basó Banco Europeo de Finanzas para instar los Autos Ejecutivos 274/1.993, por ser las mismas (idéntico número de serie, idéntico importe, idéntico librado, idéntico librador, etc.) declaradas nulas y carentes de fuerza ejecutiva a través de la Sentencia del Tribunal Supremo núm. 223/2010, de 14 de abril de 2010 , al declarar la nulidad de las actuaciones del procedimiento del artículo 131 LH , seguido bajo los Autos 223/1.993, ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de los de San Lorenzo de El Escorial, y que tuvo su origen en éstas.
» Y en función de todo ello.
» 2) Se condene a Banco Europeo de Finanzas, S.A., a:
» a) Estar y pasar por
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