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Obligaciones y Contratos

AP Zaragoza, Sec. 4.ª, 494/2018, de 11 de diciembre. Recurso 514/2018

Ponente: RAFAEL MARIA CARNICERO GIMENEZ DE AZCARATE
SP/SENT/1006545
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 Resolución del contrato de compraventa de vehículo de segunda mano, por averías ocultas no detectadas siquiera por el vendedor y localizada finalmente por la casa matriz, al solicitarse dentro del periodo de 6 meses posteriores a la venta
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ANTECEDENTES DE HECHO
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
PRIMERO .- Por el Juzgado de 1ª. Instancia Número DOS de Ejea de los Caballero, Zaragoza, se dictó sentencia de fecha 6 de julio de 2018 , cuya parte dispositiva dice: "Fallo: Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador de los tribunales D. José Ignacio Bericat Nogué en nombre y representación de Dª Ascension y en consecuencia, condeno a HISPANIA REAL MOTOR, S.L. a abonar a Dª Ascension la cantidad de VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS EUROS (26.900 euros), junto con los réditos devengados y que devengue la citada cantidad, al tipo del interés legal anual del dinero, desde la fecha de la presentación del escrito de inicio de procedimiento judicial, debiendo restituir la actora a la demandada el vehículo matrícula ....DXD poniendo el mismo a su disposición, con expresa condena en costas de la parte demandada.
SEGUNDO .- Contra dicha resolución interpuso la parte demandada el presente recurso de apelación, y se remitieron a este Tribunal, señalándose para discusión y votación el día 5 de diciembre de 2018.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Ratificamos y damos por reproducidos los fundamentos jurídicos de la sentencia de primera instancia en su integridad.
PRIMERO .- La parte actora ejercitó resolución del contrato de compraventa del vehículo marca MERCEDES adquirido a la demandada HISPANIA REAL MOTOR SL, y, de forma subsidiaria, el cumplimiento del contrato, consistente en la reparación de la avería en el taller oficial de la marca. Fundamentó su acción alegando que la demandante suscribió con el demandado un contrato por el cual adquiría un vehículo marca Mercedes Benz modelo clase R con matrícula ....DXD , matriculado el 24 de octubre de 2010 y contaba en el momento de la adquisición con 122.660 kilómetros. La entrega del vehículo se realizó el 9 de junio de 2017, momento en el que la demandante abonó el precio acordado de 26.900 euros.
La demandante afirmó que transcurridos unos quince días de la entrega del vehículo observó unas anomalías en el vehículo que comunicó al taller demandado. Así llevó el vehículo al taller en tres ocasiones distintas entre los meses de julio y agosto de 2017, permaneciendo en el mismo aproximadamente cuatro semanas, sin realizar la reparación debida del vehículo. Ante la citada situación, la demandante llevó su vehículo al taller de la marca donde se le informó que el mismo presentaba una avería que afectaba a la pieza denominada convertidor de par. Ante tal situación remitió al vendedor documento en el que manifestaba su vo
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