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Obligaciones y Contratos

AP Cuenca, Sec. 1.ª, 106/2016, de 17 de mayo. Recurso 306/2015

Ponente: JOSE MARIA ESCRIBANO LACLERIGA
SP/SENT/862359
Gestión Documental
 La existencia de humedades en la vivienda tras la entrega hace ocho años y cuyo arreglo es de una escasa cuantía, no supone un incumplimiento que de lugar a la resolución del contrato de compraventa
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 Falta de acreditación del alquiler de otra vivienda durante el plazo que va desde la interposición de la demanda hasta la efectiva realización de la obra
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En los autos indicados al margen, por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de los de CUENCA y su Partido se dictó sentencia de fecha 1 de septiembre de 2.015 , cuyo Fallo es del siguiente tenor literal:
"Estimando parcialmente la demanda promovida por la Procuradora DOÑA MARÍA JOSÉ HERRAIZ CALVO, en nombre y representación de D. Cristobal y DOÑA Ana debo condenar y condeno a KOOBI 2000 S. L. las obras a las que se refiere el informe del perito Mario cuyo importe asciende a la suma de MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (1.782,85) a la que debe ser condenada la demandada KOOBI 2000 S. L. con el interés legal de la referida cantidad desde la fecha de presentación de la demanda hasta la de la Sentencia y desde la misma y hasta su completo pago dicho interés incrementado en dos puntos en el caso de que transcurrido dicho mes no se ejecuten las obras, absolviendo a la demandada de la pretensión de condena de una indemnización de 250 euros mensuales desde la fecha de la demanda hasta la reparación de las humedades. No se hace pronunciamiento sobre costas."
SEGUNDO.- DOÑA MARÍA JOSÉ HERRAIZ CALVO, Procuradora de los Tribunales y de D. Cristobal y DOÑA Ana , preparó e interpuso recurso de apelación por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, interesó de la Sala que se revocara la Sentencia recurrida y en su lugar se dicte otra en la que s
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