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Arrendamientos Urbanos

AP Madrid, Sec. 8.ª, 366/2011, de 3 de octubre. Recurso 373/2011

Ponente: MARIA DEL CARMEN GARCIA DE LEANIZ CAVALLE
SP/SENT/650857
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 No puede el inquilino negar el carácter de arrendador al actor, cuando al momento de solicitar la subrogación en el contrato de alquiler, lo reconoció como tal
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 Dado que a fecha del fallecimiento del inquilino, el apelante, hijo de este, no tenía 65 años, la subrogación solicitada sólo se puede prorrogar por dos años
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 El que el arrendador haya aceptado el pago de la renta, no supone la admisión de la rehabilitación del alquiler, pues dicho pago es el cumplimiento de la contraprestación por la ocupación de la vivienda
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Por el Juzgado de Primera Instancia nº 62 de Madrid, en fecha 9 de diciembre de 2010, se dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
" Que desestimando la excepción de falta de legitimación activa, estimo la demanda formulada por ARRENDAMIENTOS URBANOS COURET, S.L. representada por la Procurador de los Tribunales Sra. Juliá Corujo, contra D. Primitivo , representado por la Procuradora Sra. Martín-Borja Rodríguez, y declaro resuelto el contrato de arrendamiento sobre la vivienda sita en la calle DIRECCION000 número NUM000 , NUM001 interior de Madrid por expiración del término, condenando al arrendatario demandado al desalojo, apercibiéndole de lanzamiento si no lo hace en el plazo legal, e imponiéndole asimismo el pago de las costas procesales causadas."
SEGUNDO .- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido, y, en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales. Por el apelante se ha acreditado el cumplimiento de la obligación de abono de las rentas vencidas, en aplicación de lo dispuesto en el art. 449.2 de la L.E.Civil .
TERCERO .- No estimándose necesaria la celebración de vista pública para la resolución del presente recurso, quedó en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que
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