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Propiedad Horizontal

TS, Sala Primera, de lo Civil, 80/2012, de 5 de marzo. Recurso 2196/2008

Ponente: FRANCISCO MARIN CASTAN
SP/SENT/666560
Gestión Documental
 Se prueban los ruidos excesivos provocados por el piano mediante informe pericial y las actuaciones de la policía
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 Los hechos probados constituyen una intromisión ilegitima en el derecho a la intimidad familiar y personal según doctrina europea y del propio tribunal
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 Responsabilidad solidaria de la pareja de la madre por ser ocupante de la vivienda
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 Se dobla la indemnización concedida en primera instancia fijando 2.000 euros por cada una de las afectadas
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El 29 de mayo de 2007 se presentó demanda interpuesta por D. Jose Ángel , Dª Bibiana y D. Luis Carlos contra D. Juan Francisco y Dª Elena solicitando se dictara sentencia con los siguientes pronunciamientos: "a) Declare que los ruidos transmitidos a la vivienda de mis mandantes por el funcionamiento del piano de los demandados constituye una inmisión ilegítima, perjudicial y nociva, vulneradora de su derecho fundamental a la intimidad personal y familiar en el ámbito domiciliario.
b) Condene alternativamente a los demandados y a su elección a:
1. Que dejen de tocar el piano en la vivienda.
2. Que si desean continuar tocando el piano en la misma, adopten las medidas de insonorización adecuadas para evitar que su uso transmita a la vivienda de mis mandantes niveles sonoros equivalentes o picos de ruido superiores a los 35 dBA en horario diurno y a los 25 dBA en horario nocturno, las cuales deberán ser constatadas técnicamente antes de volver a tocar el piano.
Los demandados deberán comunicar al Juzgado su opción en el plazo de 20 días a partir de la firmeza de la sentencia y, en caso contrario, será esta parte quien opte entre una de las dos pretensiones alternativas.
c) Condene a los demandados a que se abstengan de efectuar nuevas inmisiones en el futuro.
d) Condene a los demandados a indemnizar a cada uno de
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