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Propietat Horitzontal Catalunya

AP Barcelona, Sec. 1.ª, 277/2016, de 11 de julio. Recurso 894/2014

Ponente: MARIA DOLORES PORTELLA LLUCH
SP/SENT/872639
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 El plazo para impugnar un acuerdo por el que se decide retribuir al presidente y renovar los cargos en contra de la ley y los estatutos es de un año
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 No procedía remunerar a un órgano de la comunidad porque son gratuitos pero la comunidad sí que puede acordar remunerar a determinada persona, aunque ejerza un cargo en la comunidad, por los trabajos realizados en una determinada obra
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 No procede la renovación de cargos de la comunidad porque lo prohíben los estatutos y se ha acreditado que había otros propietarios que aspiraban al puesto
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su fallo lo siguiente: Estimo íntegrament la demanda formulada per la representació processal Don. Juan Enrique i declaro:
I. La nul litat de l'acord comunitari pres a les juntes de propietaris de data 6 de novembre de 2012 i 17 de gener de 2013, consistent en la compensació econòmica a favor del Sr. Leon , condemnant la COMUNITAT DE PROPIETARIS DEL CALLE000 , NUM000 , DE BARCELONA a retornar en el compte corrent titularitat de la comunitat les quantitats que hagin estat abonades en aquest concepte.
II. La nul litat de l'acord comunitari pres a les juntes de propietaris de data 6 de novembre de 2012 i 17 de gener de 2013, consistent en la renovació del càrrec de President en la persona del sr. Eliseo .
III. La nul litat de l'acord comunitari pres a les juntes de propietaris de data 6 de novembre de 2012 i 17 de gener de 2013, consistent en la renovació del càrrec de vocals de la Junta rectora en les persones dels propietaris dels departaments 3.º 4.ª y 17º 2.ª.
La part demandada haurà de satisfer les costes causades a la part actora."
SEGUNDO.- Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los qu
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