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Propietat Horitzontal Catalunya

TSJ Cataluña, Sala de lo Civil y Penal, Sec. 1.ª, 86/2016, de 7 de noviembre. Recurso 26/2015. Con Comentarios

Ponente: ENRIC ANGLADA FORS
SP/SENT/885655
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 Se admite la existencia de un pacto no inscrito en los Estatutos por el que los propietarios acuerden un reparto de los gastos distinto a sus cuotas y para cambiarlo deben obtenerse la mayoría de los votos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMER.- El procurador Jaume Gassó Espina, en representació de "Geiba 2005 SL", va formular demanda de judici ordinari núm. 759/12 davant el Jutjat de 1a Instància núm. 54 de Barcelona. Seguida la tramitació legal, el Jutjat va dictar Sentència amb data 27 de novembre de 2012 , la part dispositiva de la qual diu el següent:
"Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por GEIBA 2005 SL contra la Comunidad de propietarios de RAMBLA000 nº NUM000 de Barcelona.
Se imponen las costas a la demandante".
SEGON.- Contra aquesta Sentència, la part actora va interposar un recurs d'apel·lació, el qual es va admetre i es va substanciar a la Secció 16a de l' Audiència Provincial de Barcelona, la qual va dictar Sentència amb data 21 de novembre de 2014 , amb la següent part dispositiva:
"Estimar parcialmente el recurso de apelación interpuesto por "Geiba 2005, S.L.", representada en esta alzada por el Procurador Don Jaume Gassó i Espina, y, consiguientemente, revocar, también de forma parcial, la sentencia dictada en fecha 27 de noviembre de 2012 por el Juzgado de Primera Instancia número 54 de Barcelona en los autos de juicio ordinario número 759/2012, promovidos contra Comunidad de Propietarios el edificio RAMBLA000 , NUM000 de Barcelona, representada en esta alzada por el Procurador Don Pedro Manuel Adán Lezcano.
En su c
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