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Violencia Doméstica y de Género

SP/NOT/879

Notas. Septiembre 2016

Atención a la violencia intragénero en la Ley de Protección Integral contra la LGTBifobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual de la Comunidad de Madrid

Gestión Documental
El pasado 10 de agosto se publicó en el BOCAM la Ley 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra la LGTBifobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual, en vigor desde el día siguiente a su publicación.
 En lo que afecta a las cuestiones de Violencia, esta norma recoge en su art. 28, bajo la rúbrica Violencia en el ámbito familiar, que la Comunidad de Madrid, dentro de sus competencias, promoverá acciones de prevención y lucha contra cualquier forma de violencia que se ejerza en el ámbito familiar por causa de la orientación sexual y/o la identidad de género de cualquiera de sus miembros y garantizará la protección a quienes sufran esta violencia. Asimismo, se tomarán las medidas de atención, apoyo orientación y seguimiento a las víctimas de violencia en parejas del mismo sexo, proporcionándoles atención social, psicológica y legal.
Reglamentariamente, se fijarán medidas específicas de protección a las víctimas de violencia intragénero, sin perjuicio de la que la normativa estatal y autonómica ofrece a las víctimas de violencia de género, entre las que se incluye el establecimiento de servicios de orientación jurídica especializados en materia de violencia intragénero.