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Violencia Doméstica y de Género

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 640/2017, de 28 de septiembre. Recurso 863/2017

Ponente: PABLO LLARENA CONDE
SP/SENT/922101
Gestión Documental
 Los delitos de amenazas que se dan por probados cuentan con una descripción fáctica, además de que se revele que hubo más amenazas mientras duró la relación
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 Las dos agresiones son merecedoras de la punición por el art. 147.1 CP y el 153.1 CP, dado que en una de ellas el acusado le rompió un diente a la víctima y en la otra no hubo lesiones
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 La punición por el maltrato habitual que generó la permanente sumisión de la denunciante a la voluntad, capricho y violencia del acusado no integra la agresión con posterioridad a terminar la relación y que se penaliza por separado
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 La falta de datos sobre los antecedentes sobre los que se asentaría la agravante de reincidencia, aparte de decir que existía condena anterior por delitos de la misma naturaleza, no permite apreciar la misma
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de Violencia sobre la Mujer n.º 2 de los de Valencia incoó Sumario 2/2015 por delito de lesiones del artículo 153.1 CP , dos delitos de lesiones de los artículos 147 y 148 CP , un delito contra la libertad sexual de los artículos 178 y 179 CP , un delito de amenazas del artículo 171.4 del CP y un delito de maltrato habitual del artículo 173.2 CP , contra Roque , que una vez concluido remitió para su enjuiciamiento a la Audiencia Provincial de Valencia, Sección Primera. Incoado el Sumario 65/2016, con fecha 10 de enero de 2017 dictó sentencia n.º 13/2017 en la que se contienen los siguientes HECHOS PROBADOS:
«Son hechos probados y así se declaran que el acusado, Roque ,con DNI NUM000 , , mayor de edad y con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia, mantuvo una relación de noviazgo con Paula , desde julio de 2013 a mitad de julio de 2014, cesada en la actualidad. Durante la relación, el acusado amenazó en diversas ocasiones a Paula , y trató de atemorizarla diciéndole que la iba a matar , produciendo en ella tal miedo que no podía dejar la relación.
En fecha indeterminada de agosto o septiembre de 2013, la pareja discutió en la casa de Paula de la C/ DIRECCION000 Nº NUM001 de Valencia, y el acusado le dijo que se fueran a su casa de Aldaya. Así, Paula lo acompaño en su coche, conduciéndola el acusado hacia unas naves donde detuvo el vehículo y la golpeó, la sacó del coche a empujones, la cogió del pelo
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