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Extranjería

TSJ Murcia, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 385/2016, de 19 de mayo. Recurso 36/2016

Ponente: PILAR RUBIO BERNA
SP/SENT/859242
Gestión Documental
 La condena por delito de violencia sobre la mujer no es óbice para denegar la renovación: su pareja también fue condenada y se le concedió, las penas están extinguidas, consta informe de integración, vida laboral y contrato vigente
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ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.- Presentado el recurso de apelación referido, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Murcia lo admitió a trámite y después de dar traslado del mismo a la Administración demandada para que formalizara su oposición, remitió los autos junto con los escritos presentados a la Sala, que designó a la Magistrada ponente y acordó que quedaran los autos pendientes para dictar sentencia; señalándose para que tuviera lugar la votación y fallo el 6 de mayo de 2016.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La sentencia apelada desestima el recurso contencioso administrativo formulado contra el acuerdo de la Delegación del Gobierno de Murcia de 2 de julio de 2014, que deniega la renovación de la autorización de residencia y trabajo solicitada por el recurrente, en el expediente NUM000 .
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Murcia desestimó el recurso por constar en el expediente que el solicitante fue condenado por sentencia firme de 16 de septiembre de 2013 dictada por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 2 de Murcia por un delito de lesiones y maltrato familiar, estimando que el artículo 71.8 en relación con el 69 y 64.2.b) establece que es causa de denegación de la autorización de residencia y trabajo cuando consten antecedentes penales al trabajador, sin que conste que el interesado haya conseguido la cancelación de esos antecedentes ni que a fecha del dictado de la resolución impugnada hubiera cumplido la condena.
El apelante alega los siguientes motivos de impugnación:
1º) Falta del informe de antecedentes penales en el expediente.
2º) Infracción del artículo 71 del RD 557/2011
3º) Falta de motivación de la sentencia
4º) Silencio administrativo positivo
5º) Error en la apreciación y valoración de la prueba.
6º) Vulneración de
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