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Administrador de Fincas

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 3.ª, 2393/2016, de 8 de noviembre. Recurso 3395/2015. Con Comentarios

Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
SP/SENT/877344
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La sentencia recurrida contiene parte dispositiva del siguiente tenor:
""FALLAMOS.-
Que desestimamos el recurso interpuesto por "CONSEJO GENERAL DE COLEGIO DE ADMINISTRADORES DE FINCAS" contra la actuación administrativa descrita en el fundamento de derecho primero de la presente resolución. Las costas procesales se imponen expresamente a la parte recurrente en cuantía de 1.500 euros relativa a honorarios de Letrados de las dos partes recurridas (750 euros por cada una de ellas); más los derechos arancelarios de Procurador también de las dos partes recurridas"".
SEGUNDO.- Notificada la anterior sentencia, la representación procesal de la entidad Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas, presentó escrito ante la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid preparando el recurso de casación contra la misma. Por diligencia de ordenación se tuvo por preparado en tiempo y forma el recurso de casación, emplazando a las partes para que comparecieran ante el Tribunal Supremo.
TERCERO.- Recibidas las actuaciones ante este Tribunal, El representante legal del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas interpone recurso de casación contra la sentencia de la Sección Segunda del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 3 de julio de 2015 (rec. 546/2013 ) por la que se deses
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