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Administrador de Fincas

AP Alicante, Sec. 5.ª, 412/2016, de 17 de octubre. Recurso 510/2016

Ponente: MARIA VISITACION PEREZ SERRA
SP/SENT/880208
Gestión Documental
 No es válido el certificado de liquidación deuda expedido por el administrador en el que sólo se incluye el total de lo adeudado sin que aparezca de manera detallada con el fin de que pueda el comunero discutir si debe lo reclamado
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Benidorm, en los referidos autos, tramitados con el núm. 1895/2013, se dictó sentencia con fecha 10 de mayo de 2016 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por Procurador de los Tribunales Antonio Lloret Espi, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000 , debo condenar y condeno a D. Hernan , al pago a la Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000 de la cantidad resultante de descontar del principal reclamado de 5.056,52 euros, aquella cantidad que se corresponda a los gastos de mantenimiento del ascensor atendiendo a la cuota de participación que tenga la propiedad del demandado en el titulo constitutivo de la Comunidad de Propietarios actora y respecto al periodo de 1 de Enero de 2013 a 1 de Octubre de 2011, a cuyo efecto se ordena a la parte actora a que en la fase de ejecución de sentencia presente una liquidación cuantificando los gastos de mantenimiento y conservación del ascensor para su deducción del principal reclamado en relación al periodo de 1 de Enero de 2013 a 1 de Octubre de 2011, mas los intereses legales incrementados en dos puntos desde la fecha de aprobación de la liquidación hasta su completo pago, y en materia de costas cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."
SEGUNDO.- Contra dicha sentencia interpusieron sendos recursos de
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