CARGANDO...

Laboral y Seguridad Social

TJCE/TJUE, Sala Gran Sala, de 4 de junio de 2020. Recurso C-588/18

Ponente: E. Regan
SP/SENT/1051040
Gestión Documental
 Ordenación del tiempo de trabajo: no aplicación de Directiva 2003/88/CE (arts. 5 y 7): los permisos retribuidos están ligados al tiempo de trabajo, de modo que no pueden reclamarse en períodos de descanso semanal o de vacaciones anuales retribuidas
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación de los artículos 5 y 7 de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (DO 2003, L 299, p. 9).
Esta petición se ha presentado en el marco de unos litigios entre determinadas organizaciones sindicales, a saber, la Federación de Trabajadores Independientes de Comercio (Fetico), la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores (FESMC-UGT) y la Federación de Servicios de Comisiones Obreras (CCOO), y el grupo de empresas DIA, S. A., y Twins Alimentación, S. A., en relación con unos conflictos colectivos sobre las condiciones de aplicación de los permisos retribuidos que se contemplan en el artículo 46 del Convenio colectivo del grupo de empresas DIA, S. A., y Twins Alimentación, S. A., de 13 de julio de 2016 (en lo sucesivo, «Convenio colectivo de 13 de julio de 2016»), registrado y publicado mediante la Resolución de 22 de agosto de 2016 de la Dirección General de Empleo (BOE n.º 212, de 2 de septiembre de 2016, p. 63357).
Marco jurídico
Derecho de la Unión
Directiva 2003/88
El considerando 5 de la Directiva 2003/88 afirma:
«Todos los trabajadores deben tener períodos de descanso adecua
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos