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Laboral y Seguridad Social

TS, Sala Cuarta, de lo Social, 257/2020, de 17 de marzo. Recurso 193/2018

Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
SP/SENT/1051059
Gestión Documental
 Permisos retribuidos: dies a quo para el cómputo de los permisos cuando el hecho causante coincide en festivo para el trabajador; debe ser el primer día laborable siguiente
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El día 20 de abril de 2018, la representación letrada de FESMC-UGT presentó demanda de conflicto colectivo, registrada bajo el número 91/2018, de la que conoció la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional. En el correspondiente escrito, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho, terminaban suplicando se dictara sentencia estimatoria en la que: "se reconozca el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que el "dies a quo" del cómputo de los permisos retribuidos regulados en los apartados a), b), c), d) y e), del artículo 37 del V Convenio Colectivo estatal de empresas de trabajo temporal, en los casos en que el hecho causante del permiso suceda en día no laborable para el trabajador, tenga que iniciarse en el primer día laborable siguiente; condenando a las demandadas a estar y pasar por dicha declaración".
SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda, se celebró el acto del juicio en el que la parte actora se ratificó en la misma, CCOO-Servicios se adhirió a la demanda, y la Asociación Empresarial ASEMPLEO se opuso a la misma. Seguidamente, se recibió el pleito a prueba, practicándose las propuestas por las partes y, tras formular éstas sus conclusiones definitivas, quedaron los autos conclusos para sentencia.
TERCERO.- En dicha sentencia se declararon probados los siguientes hechos:
" 1º.- UGT y CCOO ostentan la condición de sindicatos más repres
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