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Laboral y Seguridad Social

TS, Sala Cuarta, de lo Social, de 29 de octubre de 2013. Recurso 1988/2012

Ponente: MANUEL RAMON ALARCON CARACUEL
SP/SENT/750049
Gestión Documental
 Despido nulo; discusión sobre el salario reconocido en sentencia anterior declarativa de laboralidad; falta del requisito de concretar la infracción legal cometida y falta de contradicción
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 17 de mayo de 2011 el Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid dictó sentencia , en la que se declararon probados los siguientes hechos:
" 1º .- El actor D. Francisco viene prestando sus servicios profesionales desde el 15/09/06 en la AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO (AECID) perteneciente al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación con una ocupación de Experto en cooperación para el desarrollo, percibiendo un salario bruto mensual de 3.700 euros en virtud de contratos administrativos declarados laborales indefinidos por Sentencia del Juzgado de lo Social nº 31 proc. 569/10, Folio 47 y ss. que se tiene por reproducido).
El salario que correspondería percibir en aplicación del Convenio para Personal Laboral de la Administración General del Estado asciende a 1.909,52 euros salario base 25,50 euros/mes antigüedad, folio 136 de lo actuado.
2º.- Que con independencia del relato contractual referido en el hecho anterior, con fecha 28 de julio de 2010, el Juzgado de lo Social 31 de Madrid dictó sentencia, por la que, se estima íntegramente la demanda presentada y se declara la existencia de relación laboral indefinida, constando en el fallo lo siguiente:
"Que estimando la demanda interpuesta por Don Francisco contra la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) -Ministerio de Asuntos Exteriores y C
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