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Laboral y Seguridad Social

TS, Sala Cuarta, de lo Social, de 22 de julio de 2014. Recurso 2129/2013

Ponente: ROSA MARIA VIROLES PIÑOL
SP/SENT/783065
Gestión Documental
 Vigilantes de seguridad; cálculo del valor de hora extra; inclusión del plus de peligrosidad. Carga de la prueba sobre las circunstancias en que se realiza la hora extra. Principio de disponibilidad y facilidad probatoria. Voto Part¡cular
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 4 de febrero de 2011, el Juzgado de lo Social nº 7 de Sevilla, dictó sentencia en la que consta la siguiente parte dispositiva: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Epifanio , D. Florian , D. Horacio , D. Justiniano y D. Mauricio ; contra SEGUR IBÉRICA SA., debo condenar y condeno a la demandada que pague al SR. Epifanio 210,29 €, al SR. Florian 1.142 €, al SR. Horacio 169,04 €, al SR. Justiniano 71,80 € y al SR. Mauricio 698,30 €.".
SEGUNDO.- Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: " -I- Los actores han prestado sus servicios por cuenta de Prosegur Cía de Seguridad S.A., con la categoría de vigilantes de seguridad; -II- Durante 2007 los actores han realizado las siguientes horas extras: -el Sr. Epifanio 246,27 horas; -el Sr. Florian 838,89 horas; -el Sr. Horacio 666,78 horas; -el Sr. Justiniano 108,81 horas y -el Sr. Mauricio 768,11 horas; -III- Dichas horas extras les han sido retribuidas con 7,41 € cada una; -IV- El salario establecido para los actores durante 2007 era de 12.716,40 € anuales por los conceptos fijos de salario base, peligrosidad mínima y pagas extras, salvo para el Sr. Florian que era de 12.985,36 € (al incluir 268,96 € percibidos por antigüedad), para el Sr. Justiniano que era de 13.052,60 € (al incluir 336,20 € percibidos por antigüedad) y el Sr. Mauricio que era de 13.781,46 € (al incluir 1.065,06 € per
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