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Laboral y Seguridad Social

TS, Sala Cuarta, de lo Social, de 12 de noviembre de 2014. Recurso 1599/2013

Ponente: MIGUEL ANGEL LUELMO MILLAN
SP/SENT/793348
Gestión Documental
 Endesa; homogeneización Salarial; falta de fundamentación de la infracción legal
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 21 de abril de 2010, el Juzgado de lo Social núm. 2 de Ferrol, dictó sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO: QUE DESESTIMANDO como se desestima íntegramente la demanda interpuesta por D. Emilio contra la empresa ENDESA GENERACION, S.A., se absuelve a la demandada de los pedimentos contenidos en la misma".
En dicha sentencia se declararon probados los siguientes hechos: "PRIMERO.- El demandante, D. Emilio ,, provisto del DNI N° NUM000 , prestó servicios para la demandada, ENDESA GENERACIÓN, S.A., CIF A- 82434697, desde el 12 de noviembre de 1980 hasta el 31 de diciembre de 2007, fecha en que causó baja por su incorporación al ERE NUM001 como prejubilado, con la categoría de Jefe de Servicio de Carbones y Cenizas, y con derecho al percibo de un salario mensual, incluido el prorrateo de pagas extras, de 5.056,47 euros. En el acuerdo firmado entre la empresa y el trabajador, donde se extinguía su contrato laboral, de 31-12-2007, se pacta que el Salario Bruto Garantizado se calcularía sobre los siguientes conceptos: salario base, complementos personales, según naturaleza establecida en el II Convenio Marco y XVI Convenio Colectivo, SIR, según normativa convencional aplicable (Acta de Estructura Retributiva de 23/07/2001) y retribuciones variables, de conformidad con el Plan de Reestructuración y Racionalización del Plan de Prejubilaciones Endesa Generación (As Pontes) 2006- 2012. SEGUNDO.- La empresa entregó al trab
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