CARGANDO...

Laboral y Seguridad Social

TS, Sala Cuarta, de lo Social, 863/2018, de 26 de septiembre. Recurso 2476/2016

Ponente: MARIA LUISA SEGOVIANO ASTABURUAGA
SP/SENT/973882
Gestión Documental
 Incongruencia: se reconoce petición subsidiaria formulada en la demanda de declaración de IPP pero establece que deriva de EF cuando la pretensión de la demanda y del posterior recurso es que la contingencia de la que deriva es accidente de trabajo
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 15 de junio de 2015, el Juzgado de lo Social nº 5 de Vigo, dictó sentencia en la que consta la siguiente parte dispositiva: «Desestimar la demanda que en materia de invalidez ha sido interpuesta por DON Juan Carlos contra la empresa GRUPO ANTOLÍN PGA, S.A., la MUTUA FREMAP, la MUTUA UNIVERSAL, el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, absolviendo a los demandados de las peticiones contenidas en dicha demanda.»
SEGUNDO.- Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: « PRIMERO.- El actor, don Juan Carlos, nacido el día NUM000 de 1969, provisto del DNI NUM001, y afiliado al Régimen General de la Seguridad Social bajo el núm. NUM002, con antigüedad del año 1999 estuvo trabajando como operario de producción polivalente en la empresa auxiliar de automoción Grupo Antolín PGA, S.A., que desde el año 2005 tiene garantizada la cobertura de las contingencias derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional con la Mutua Universal. Previamente tal cobertura había sido concertada con la Mutua Fremap. SEGUNDO.- El actor cuando contaba con 34-35 años de edad fue diagnosticado de queratótomo bilateral de predominio derecho. TERCERO.- El actor permaneció de baja derivada de accidente de trabajo con el diagnóstico de fotoqueritis entre el 29 de septiembre y el 1 de octubre de 2010, tras sentir dolor en ambos ojos mientras se hallaba cargando la maqueta de soldadura de
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos