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Consumidores y Usuarios

TJCE/TJUE, Sala Novena, de 17 de septiembre de 2015. Recurso C-257/14

Ponente: J. Malenovský
SP/SENT/824614
Gestión Documental
 Un problema técnico que sobreviene imprevistamente, que no es imputable a un mantenimiento deficiente y que tampoco fue descubierto con ocasión de un mantenimiento regular, no encaja como "circunstancias extraordinarias"
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ANTECEDENTES DE HECHO
Litigio principal y cuestiones prejudiciales
8 La Sra. van der Lans disponía de reserva de un billete de avión en un vuelo operado por KLM. Ese vuelo, con destino a Ámsterdam (Países Bajos), debía partir de Quito (Ecuador), el 13 de agosto de 2009 a las 9h15, hora local. Sin embargo, la salida no tuvo lugar hasta el día siguiente a las 19h30, hora local. El avión que realizó ese vuelo llegó a Ámsterdam con un retraso de 29 horas.
9 Según KLM, ese retraso se debió al hecho de que en el aeropuerto de Guayaquil (Ecuador), desde el que ese avión habría debido partir para llegar a Ámsterdam vía Quito y Bonaire (Antillas neerlandesas), se advirtió durante el procedimiento de «push back', consistente en empujar al avión en tierra hacia atrás mediante un vehículo, que uno de los motores no se encendía, a causa de un fallo en la entrada del carburante.
10 Según KLM, del «aircraft technical log' resulta que se produjo una conjunción de fallos. Dos piezas eran defectuosas, a saber, la bomba de carburante y la unidad hidromecánica. Esas piezas, de las que no se disponía en Guayaquil, tuvieron que ser enviadas por avión desde Ámsterdam, para montarlas después en el avión en cuestión, que salió de Quito con el retraso mencionado en el apartado 8 de esta sentencia.
11 Esas piezas no fueron objeto de un examen más profundo para determinar la causa del incidente porque sólo el fabri
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