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AP Barcelona, Sec. 12.ª, 24/2015, de 14 de enero. Recurso 921/2014

Ponente: JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON
SP/SENT/802896
 Los alimentos concedidos a la esposa en el divorcio son de origen voluntario pactados en virtud del principio de la autonomía de la voluntad, por lo que su naturaleza es distinta de los alimentos de los artículos 237 y ss CCCat
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 Procede restablecer la pensión de alimentos para la esposa en el sentido pactado por las partes, con sus actualizaciones anuales
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 El cese de la prestación de desempleo del actor y la percepción por la esposa de una renta de inserción hacen inviable mantener la compensatoria; se tiene en cuenta además que ella tiene la atribución del uso de la vivienda, art. 233-20.7 CCCat
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO:" Estimo parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Victorio contra Dª María y en consecuencia acuerdo la extinción de la pensión de alimentos y prestación compensatoria a la que el actor venía obligado al pago desde la presente resolución, y que venían fijadas en Sentencia de fecha 25 de noviembre de 2011 . Sin expresa imposición de costas".
SEGUNDO.- Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado; se dio traslado a la contraria, con el resultado que obra en las actuaciones y se elevaron las mismas a esta Audiencia Provincial.
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 7 de enero de 2015.
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Se aceptan los contenidos en la sentencia apelada en cuanto no sean contradictorios con los de la presente resolución, y;
PRIMERO.- La sentencia definitiva del proceso contencioso de modificación de medidas de divorcio, dictada en sede del primer grado jurisdiccional, ha sido objeto de apelación por la demandada DOÑA María .
En la formulación del recurso solicita, frente a los pronunciamientos de la sentencia de primera instancia: a) La dejación sin efecto desde la sentencia apelada, del pronunciamiento de cese de la pensión de alimentos y de la pensión compensatoria por desequilibrio económico, concedidas a la esposa en la sentencia de divorcio, por acuerdo mutuo de los cónyuges, al no concurrir causas modificativas de las circunstancias entonces concurrentes, y; b) la imposición de las costas procesales al accionante.
El apelado D. Victorio se opuso a las pretensiones del recurso de apelación, sin impugnar a su vez la sentencia de primera instancia, con solicitud de plena confirmación de la resolución apelada.
SEGUNDO.- La sentencia de divorcio de 25 de noviembre de 2011 , tras declarar la disolución del vínculo matrimonial que unía a DON Victorio y DOÑA María , aprobó los acuerdos de las partes, en determinadas medidas civiles complementarias al cese de la convivencia conyugal, y en concreto la constitución de una pensión de alimentos y de una pensión compensatoria en favor de la