CARGANDO...

Familia y Sucesiones

TS, Sala Primera, de lo Civil, Pleno, 135/2015, de 26 de marzo. Recurso 3107/2012

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
SP/SENT/808883
Gestión Documental
 Interpretación y requisitos del derecho a la compensación del art. 1438 CC según el Tribunal Supremo
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Se casa la sentencia de la Audiencia que reconoció este derecho pese a que el trabajo de la esposa no fue exclusivamente para la casa, sino que también lo hizo fuera de ella
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Reiteración de doctrina: la compensación del art. 1438 CC en separación de bienes requiere haber contribuido a las cargas del matrimonio solo con el trabajo realizado para la casa, sin que sea necesario un incremento patrimonial del otro cónyuge
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La procuradora doña Mónica Feriche Ochoa, en nombre y representación de doña Amparo , interpuso demanda de juicio de divorcio, contra don Daniel y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, termino suplicando al Juzgado se dictara sentencia por la que se declare la ruptura del vínculo matrimonial de los cónyuges por divorcio, por concurrir las causas especificas en esta demanda, acordando además los siguientes efectos complementarios:
1°.- Que se decrete la disolución del matrimonio por divorcio.
2°.- El uso del domicilio conyugal se le atribuya a la esposa e hija.
3°.- El demandado deberá abonar en concepto de pensión compensatoria vitalicia a favor de mi representada la suma de MIL QUINIENTOS EUROS (1.500.-E) mensuales, a ingresar durante los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta corriente que se señale al efecto. La citada cantidad será revisada anualmente, actualizándola conforme a la variación del IPC que determine el INE u Organismo que le sustituya, procediendo la primera actualización el 1 de enero de 2010.
A partir de la extinción de las pensiones de alimentos, el Sr. Daniel pasará a abonar como pensión compensatoria a favor de mi representada la cantidad de DOS MIL EUROS al mes (2.000.-E/mes) actualizados a dicho momento; y a ingresar durante los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta corriente que se señale al efecto.
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos