IRPF
Rendimientos del trabajo inferiores a 22.000 € procedentes de un solo pagador y rendimientos por el alquiler de vivienda con reducción del 60 por ciento, ¿obligado a presentar declaración?
Sí está obligado a presentar la declaración
Suscripción de un nuevo contrato de arrendamiento por fallecimiento de los propitarios, ¿conlleva la pérdidad de la deducción por alquiler de vivienda habitual?
La suscripción de un nuevo contrato de arrendamiento en caso de fallecimiento del propietario originario se considerará como una continuación del anterior, por lo que no impedirá el derecho a seguir practicando la deducción
Nuevo contrato de arrendamiento por finalización del período de vigencia, ¿conlleva la pérdida de la deducción por arrendamiento de vivienda habitual?
Un nuevo contrato celebrado por la finalización del contrato inicial se considerará a los exclusivos efectos de la aplicación de la deducción por el arrendamiento de vivienda habitual como una continuación del anterior
Arrendamiento de vivienda rural mediante la simple entrega de llaves, ¿cómo se declaran estas rentas?
Realizado el alquiler de la vivienda rural no como actividad económica o empresarial, limitado a la mera puesta a disposición del inmueble de forma temporal, sin prestación de servicios hoteleros o de restaurante, limpieza, lavado de ropa y otros análogos las rentas del arrendamiento tendrán la calificación de rendimientos del capital inmobiliario.
¿Es posible practicar la deducción por alquiler de vivienda habitual por el cónyuge que no consta en el contrato de arrendamiento?
No procede aplicar la deducción por alquiler de vivienda habitual. Al ser el cónyuge el titular del contrato de arrendamiento y de los derechos que se derivan del mismo, las cantidades que se satisfacen por el arrendamiento no darán derecho a la deducción por alquiler de vivienda habitual en el contribuyente que no figure como arrendatario en el contrato.
A efectos de los beneficios fiscales en el arrendamiento de vivienda, ¿cómo se debe interpretar el requisito relativo a la edad del arrendatario?
El arrendatario deberá presentar al arrendador con anterioridad a 31 de marzo del ejercicio una comunicación con el nombre, apellidos, domicilio fiscal y número de identificación fiscal del arrendatario, la referencia catastral, o en defecto de la misma, dirección completa, del inmueble arrendado, la manifestación de tener una edad comprendida entre los 18 y 35 años durante todo el período impositivo anterior o durante parte del mismo, indicando en este último caso el número de días en que cumplió tal requisito, la manifestación de haber obtenido durante el período impositivo anterior unos rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas superiores al indicador público de renta de efectos múltiples, la fecha y firma del arrendatario y la identificación de la persona o entidad destinataria de dicha comunicación. El arrendador quedará obligado a conservar la citada comunicación debidamente firmada.
Por error olvide declarar unos rendimientos por el arrendamiento de una vivienda, ¿qué puedo hacer?
Podrá presentar una autoliquidación complementaria cuando resulte un importe a ingresar superior al de la autoliquidación anterior o una cantidad a devolver o a compensar inferior a la anteriormente autoliquidada.
¿Es aplicable la reducción del rendimiento neto del IRPF a un arrendamiento de vivienda durante un plazo continuado de 8 meses?
Un arrendamiento celebrado por temporada no satisface el requisito de destinarse de forma permanente a vivienda de los arrendatarios, por lo que no resultará aplicable la reducción del rendimiento neto en el IRPF
Arrendamiento de habitación a estudiantes, ¿se aplica la reducción del rendimiento neto en el IRPF?
El alquiler de habitaciones que se configura contractualmente como más allá de la mera temporada, con la finalidad primordial satisfacer la necesidad permanente de vivienda a estudiantes, resultará beneficiado de la operativa la reducción del rendimiento neto obtenido
¿Es aplicabe la reducción de los rendimientos netos obtenidos por el arrendamiento cuando el contrato se formaliza entre familiares?
¿Es operación sujeta al IVA el arrendamiento de vivienda a una empabajada?
El arrendamiento de una vivienda a una embjada será operación sujeto a IVA, no exenta
Contrato de alquiler con opción de compra sobre una vivienda de protección pública, ¿cómo tributa el ejercicio de la referida opción de compra?
¿Está sujeta al IVA la indemnización recibida por el arrendador y pagada por el arrendatario, por la rescisión anticipada de un contrato de arrendamiento de un local de negocios?
Al tratarse del arrendamiento de vivienda a la madre del arrendador hay que tener en cuenta el rendimiento mínimo en caso de parentesco por lo que si el rendimiento neto derivado del arrendamiento de la vivienda a la madre del consultante, una vez aplicada sobre el mismo la reducción del 60 por ciento, fuese inferior al rendimiento mínimo a que se refiere el artículo 24 de la LIRPF, prevalecerá éste último.
¿Cómo declarar las rentas obtenidas por el arrendamiento de un inmueble que se adquiere de soltero pero que se paga con dinero ganacial tras matrimonio?
Los rendimientos correspondientes al arrendamiento de la vivienda, que constituyó, desde la celebración del matrimonio y hasta el cambio de residencia, la vivienda familiar, procederá atribuirlos de acuerdo con la titularidad de la vivienda: al consultante, titular originario, por las aportaciones efectuadas desde su adquisición hasta la celebración del matrimonio y por las aportaciones efectuadas desde el traslado a la nueva vivienda, y a la sociedad de gananciales, desde la celebración del matrimonio hasta el cambio de residencia, por las aportaciones realizadas con fondos gananciales
Arrendamiento de vivienda con fines turísticos incluyendo el desayuno, ¿cómo se califica la renta obtenida?
Si el alquiler de la vivienda de uso turístico no se limita a la mera puesta a disposición de la misma durante periodos de tiempo, sino que se complementase con la prestación de servicios propios de la industria hotelera tales como restaurante, limpieza, lavado de ropa y otros análogos, las rentas derivadas de los mismos tendrán la calificación de rendimientos de actividades económicas
Comunidad de bienes dedicada al arrendamiento de una vivienda, ¿calificación en el IRPF de los rentas obtenidas?
Los rendimientos derivados del arrendamiento de inmuebles por una comunidad de bienes tendrán la consideración de rendimientos del capital inmobiliario salvo que se dé la circunstancia de realizarse con objeto mercantil, lo que conllevará su calificación como rendimientos de actividades económicas
¿Cómo se califican las rentas obtenidas por un local arrendado?
El arrendamiento de inmuebles constituirá una actividad económica cuando se utilice, al menos, una persona empleada con contrato laboral y a jornada completa, por tanto, si no se cumple el requisito previsto las rentas derivadas del arrendamiento del local de negocio se calificarán como rendimientos del capital inmobiliario.
¿Lleva retención en el IRPF el subarriendo total o por habitaciones de una vivienda?
Los rendimientos derivados del arrendamiento o subarrendamiento de viviendas, sea completa o por habitaciones, estarán sometidos a retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas únicamente cuando sean satisfechos por una persona o entidad con obligación a retener: a) Las personas jurídicas y demás entidades, incluidas las comunidades de propietarios y las entidades en régimen de atribución de rentas. b) Los contribuyentes que ejerzan actividades económicas, cuando satisfagan rentas en el ejercicio de sus actividades
¿Es posible deducir los gastos de un inmueble que, aun ofertado, no se arrienda?
No obtenido rendimiento alguno por el arrendamiento de un inmueble no procederá la deducción de los gastos en el año en que se produzcan si bien, el importe de los mismos se podrá deducir en los cuatro años siguientes, sin que pueda exceder, conjuntamente con los gastos la cuantía de los rendimientos íntegros obtenidos por el arrendamiento.
Traslado de residencia a una vivienda alquilada y arrendamiento de vivienda en propiedad, ¿es un gasto deducible?
El importe abonado por el alquiler de la vivienda a la que ha trasladado su residencia, no se puede considerar como gasto necesario a los efectos de su deducibilidad para la determinación del rendimiento neto del capital inmobiliario derivado del alquiler de la vivienda de su propiedad
Adquisición de inmueble para destinarlo al arrendamiento, ¿se puede deducir del importe del alquiler el interés de la ampliación de un préstamo y las reformas realizadas?
La deducibilidad de los gastos anteriores al arrendamiento está condicionada a la obtención de unos ingresos, es decir que se hace necesario, en un supuesto en el que cuando se producen los gastos no se generan rendimientos, que exista una correlación entre esos gastos de conservación y reparación y los ingresos derivados del posterior arrendamiento del inmueble o, en su caso, de la posterior constitución o cesión de derechos o facultades de uso o disfrute del mismo.
Empresa que satisface el importe del arrendamiento de la vivienda habitual a trabajador, ¿cómo se valora la renta?
La retribución en especie derivada de la utilización de vivienda se valorará por el coste para el pagador, incluidos los tributos que graven la operación, sin que la valoración resultante pueda ser inferior al 10 por ciento del valor catastral.
¿Cómo tributa un residente en China que quiera invertir en inmuebles que se destinarán a actividad de arrendamiento?
En la medida en que el consultante no sea residente fiscal en España tributará por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR). Por tanto, en la medida en que dicho inmueble está dedicado al arrendamiento, la renta obtenida está sujeta a imposición en España y constituirá la base imponible del Impuesto el importe íntegro de los rendimientos, sin deducción de gastos y sin que sean de aplicación las reducciones contempladas para este tipo de rentas
IVA
Reclamación por impagos de rentas de alquiler y procedimiento de desahucio, ¿debe ingresar el IVA? ¿procede su recuperación posterior?
No será preciso proceder al ingreso de las cuotas incobradas para, posteriormente, solicitar su devolución, dado que la modificación de la base imponible puede hacerse desde el mismo momento en que se entiende producido el devengo de las mismas
Persona física que arrienda un inmueble utilizando en parte como vivienda y parte como despacho profesional, ¿se sujeta a IVA la totalidad de la renta o sólo una parte?
Dado que el arrendatario no lo destinará exclusivamente a vivienda, sino que, en parte, lo utilizará como despacho profesional, el arrendador deberá repercutir sobre el arrendatario, por el total importe del alquiler, el IVA
Inmueble arrendado por entidad con destino a vivienda y despacho profesional, ¿cómo tributa en IVA?
Un arrendamiento de inmueble por una entidad, aun con parte del destinado a vivienda estará sujeto y no exento del IVA, dado que el arrendatario no lo destinará exclusivamente a vivienda, sino que parte lo utilizará como despacho.
La renta abonada por el arrendamiento de vivienda por una mercantil para uso de sus empleados, ¿debe incluir el IVA?
La renta que abona una mercantil por el arrendamiento de una vivienda para uso de sus empleados deberá quedar sujeta a IVA salvo que el contrato designe expresamente la persona que usará el inmueble como vivienda, prohíba su cesión y subarriendo y no este afecto a la realización de actividades profesionales o empresariales
Tributará por el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo impositivo del 4 por ciento el arrendamiento con opción de compra así como la entrega de la vivienda que, realizada por su promotor, se encuadre en alguna de las siguientes categorías: - Que se trate de una vivienda calificada de protección oficial de régimen especial. - Que se trate de una vivienda calificada de protección oficial de promoción pública. - Que se trate de una vivienda con protección pública según la legislación propia de la Comunidad Autónoma en que esté enclavada siempre que, además, los parámetros de superficie máxima protegible, precio de la vivienda y límite de ingresos de los adquirentes o usuarios no excedan de los establecidos para las viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública. En otro caso distinto de los anteriores, el arrendamiento con opción de compra o la entrega de la vivienda tributará por el Impuesto sobre el Valor Añadido al tipo impositivo del 10 por ciento.
La resolución anticipada del contrato de arrendamiento no constituye, para el arrendador, renuncia a sus derechos, por lo que si percibe una indemnización, por tal causa, dicha indemnización no estará sujeta
¿Está sujeta al IVA la indemnización recibida por el arrendatario y pagada por el arrendador, por la rescisión de un contrato de arrendamiento de un local de negocios con prórroga forzosa?
La renuncia al derecho de prórroga forzosa está sujeta siempre que el arrendatario tenga la condición de empresario o profesional y hubiera concertado el arrendamiento en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional. En consecuencia, el arrendatario deberá repercutir al arrendador (dueño del bien), la cuota tributaria resultante de aplicar el tipo general del impuesto al importe total de la compensación percibida en contraprestación a esa renuncia.
En expropiación de local arrendado, ¿lleva IVA la indemnización percibida por el arrendatario?
La extinción del arrendamiento como consecuencia de un expediente de expropiación forzosa no esta sujeta al Impuesto
Un alquiler de plazas de garaje entre particulares, ¿está exento de impuestos?
Las rentas derivadas del arrendamiento de una plaza de garaje entre particulares en el IRPF tendrán la consideración de rendimientos del capital inmobiliario para el arrendador. En el IVA el arrendamiento de dicha plaza de garaje es una prestación de servicios sujeta y no exenta y conllevará la obligación de darse de alta en el Censo de empresarios, profesionales y a presentar las correspondientes declaraciones relativas al Impuesto
Una comunidad de propietarios que arrienda parte de los elementos comunes, ¿puede deducir las cuotas del IVA soportadas?
El arrendamiento de elementos comunes en una comunidad propietarios es operación sujeta al IVA no exenta y la comunidad podrá deducir las cuotas soportadas por las adquisiciones de bienes destinados a la actividad de cesión de los elementos comunes y aquellas relacionadas con la actividad de arrendamiento realizada
Recibo de alquiler de inmueble sujeto a IVA en el que se incluyen para su pago otros conceptos distintos a la renta, ¿sobre qué cantidad aplicar el IVA?
En un arrendamiento sujeto al IVA deberá incluir la base imponible del Impuesto las cantidades asimiladas a la renta y cualquier crédito efectivo del arrendador frente al arrendatario derivado del contrato, caso de los gastos de comunidad, el IBI, los gastos de calefacción, agua, luz y de repercusiones por obras, así como otros conceptos análogos que se repercutan por el arrendador al arrendatario.
Un arrendamiento de local propiedad de un partido político, ¿está exento de IVA?
La exención del IVA para los arrendamientos no abarca a los locales comerciales, los cuales en caso de estar arrendados quedarán sujetos y no exentos del Impuesto.
¿Es posible renunciar a la exención del IVA en la adquisición de un local de negocio que ha permanecido arrendado hasta hace tres años?
La transmisión de un local afecto a la actividad de arrendamiento que forma parte del patrimonio empresarial o profesional del transmitente será una operación realizada por un empresario o profesional en el ejercicio de su actividad sujeta al IVA pero, en la medida en que dicho inmueble se ha utilizado ininterrumpidamente durante más de dos años, exenta, lo que conlleva que, cumplimentados los requisitos legales, podrá ser objeto de renuncia a la exención en el Impuesto.
¿Cómo tributa en IVA el subarriendo total o por habitaciones de una vivienda?
Destinar un inmueble al subarrendamiento conllevará la sujeción del arrendamiento originario al IVA sin que le sea de aplicación la exención prevista para el uso de inmuebles como vivienda habitual del arrendatario. Por su parte, a el arrendamiento o alquiler de habitaciones a terceros para su utilización como vivienda, sin prestar servicios propios de la actividad hotelera, le será aplicable la exención del Impuesto, no debiendo repercutir cuota alguna.
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Arrendamiento de elemento común por una comunidad de propietarios, ¿es obligatorio presentar declaración tributaria de operaciones con terceros?
En atención a los artículos 8.3 y 88 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (SP/LEG/3746) las comunidades de propietarios a los efectos fiscales son entidades que se configuran como una comunidad de bienes en atribución de rentas y, en consecuencia, deben cumplir con las obligaciones tributarias entre las que se encuentra la presentación de la declaración informativa del modelo 184 en plazo, siempre que se encuentre entre los supuestos regulados por el artículo 70 del RD 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (SP/LEG/3748). El citado precepto establece la obligatoriedad de presentar declaración informativa a las entidades en atribución de rentas cuando: 1. Se realice una actividad económica o; 2. Perciban rentas anuales por un importe superior a los 3.000 euros
Retención e IVA en indemnización por unas obras no ejecutadas en contrato de arrendamiento
La indemnización por unas obras no ejecutadas a percibir por el arrendador es renta sometida a retención. La aplicación del IVA en una indemnización percibida por el arrendador consecuencia de unas obras no ejecutadas dependerá esencialmente de si la misma se corresponde a parte de una prestación de un servicio comprometido contractualmente con el arrendamiento o al resarcimiento de un daño o perjuicio ocasionado consecuencia del arrendamiento del inmueble una vez extinguida la relación contractual. En el primero de los supuestos nos encontraríamos ante una operación sujeta al IVA, si la indemnización corresponde a la reparación de daños ocasionados por el arrendatario en el inmueble, nos encontraríamos ante un supuesto de exclusión en la aplicación del IVA
Criterio de la AEAT sobre la base imponible de retención e IVA en los arrendamientos cuando se incluye el pago de obras, cuotas, IBI, basuras, etc
Los gastos de basuras, comunidad de propietarios, IBI y por el suministro de agua y luz, tasas, etc. que el arrendador traslade al arrendatario como una parte más de la contraprestación del arrendamiento formarán parte de la base imponible del citado arrendamiento.
Tratamiento fiscal de un arrendatario de una vivienda a una sociedad extranjera para sus empleados
En IRPF se encuentran exceptuados de retención el arrendamiento de viviendas por empresas para sus empleados. En IVA el arrendamiento de vivienda para uso por los empleados es operación sujeta, pero ha sido objeto de matización en distintos Tribunales al considerar una operación exenta del IVA el arrendamiento en el que haga constar de forma específica la identidad de la persona que ocupará el inmueble.
Tratamiento en IVA del arrendamiento de chalet con destino de vivienda y del que se proyecta el subarriendo de habitaciones
No podrá considerase operación exenta del IVA el primer arrendamiento concertado en la medida que el destino que se pretende es el subarriendo de habitaciones por temporadas a terceros. Por lo tanto, la renta derivada del arrendamiento del chalet se encontraría sujeto y no exento del IVA en la medida en que el consultante subarriende parte del mismo a terceros por temporadas. En lo referente a la renta procedente del subarriendo de inmueble a terceros, éste se encontraría exento del IVA si parejo al contrato de subarriendo no se acuerda la obligación de prestar servicios complementarios propios de la industria hotelera.