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AP Burgos, Sec. 3.ª, 210/2013, de 31 de julio

SP/SENT/732184

Recurso 404/2012. Ponente: MARIA ESTHER VILLIMAR SAN SALVADOR.

La exoneración de gastos que contemplan los Estatutos para el propietario del local no le exime de contribuir a la instalación de un ascensor en el edificio ya que se trata de suprimir barreras para el acceso a minusválidos  
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ANTECEDENTES DE HECHO
1º: Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente FALLO: " En virtud de todo cuanto antecede, PRIMERO.- Se estima íntegramente la demanda presentada por la representación de Comunidad de Propietarios de la CALLE000 nº NUM000 de Miranda de Ebro y se condena a los demandados, D. Everardo , y doña Silvia al pago de seis mil doscientos treinta y cinco euros y cincuenta y cinco céntimos (6.235,55 €), más los intereses legales devengados a partir de la fecha de interposición de la demanda, y al pago de las costas procesales que dimanan de la demanda principal..- SEGUNDO.- Se desestima íntegramente la reconvención presentada por la representación de D. Everardo y Doña Silvia , con expresa imposición de las costas devengadas por la reconvención a la parte reconvincente"
2º: Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación de los demandados, se presento escrito interponiendo recurso de apelación, que fue admitido en tiempo y forma. Dado traslado a la parte contraria, para que en término de diez días presentase escrito de oposición al recurso o de impugnación de la resolución apelada, presentó escrito de oposición al recurso, que consta unido a las actuaciones, dentro del plazo que le fue concedido, acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.
3º: Recibidos l
os autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día veintinueve de enero de dos mil trece, en que tuvo lugar.4 º: En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

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